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SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD SOCIAL
Libre opción jubilatoria

Los empleados de la ANSES, reunidos en la Asociación del Personal de
los Organismos de Previsión Social (APOPS), con un compromiso que va más
allá de su propia entidad e involucra a todos los trabajadores organizados,
están solicitando una reforma del colapsado sistema jubilatorio y la
modificación de la ley correspondiente para incorporar la “Libre Opción
Previsional”.
El reclamo lleva ya 12 años, desde que la sanción de la Ley 24.241
modificó el sistema previsional argentino y “la mayor novedad que trajo fue
la introducción del sistema de gestión privada, es decir, las famosas AFJP
(Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones)”.
“La idea, al menos teórica, era que los trabajadores en actividad
podían optar en su momento por uno u otro sistema, de acuerdo con las
ventajas comparativas del sistema público y privado”, comentó a EcoDias el
dr. Mariano Serralunga, delegado gremial de APOPS.
En realidad, se llegó a esa reforma por el gran desprestigio que en ese
momento tenía la administración pública de los fondos de las jubilaciones
que fueron utilizados en diferentes épocas para finalidades peleadas con el
aumento de las jubilaciones, y con el bienestar general de los
beneficiarios.
El problema se prolonga en esta etapa post-menemista, cuando alguien
consigue trabajo: seguramente lo que menos le preocupe en ese momento serán
sus aportes jubilatorios. Y da la casualidad que, según Serralunga, “como
se diseñó la Ley, hoy en día, quien ingresa a la actividad tiene un plazo
de sólo noventa días para optar en forma expresa por el sistema público, el
sistema de reparto, o en su defecto, si no se manifiesta en forma expresa
queda irrevocablemente dentro del sistema privado, de la gestión de las
AFJP, con la imposibilidad de volver al sistema público. A la inversa,
quien está en el sistema público puede en cualquier momento optar por
derivar sus aportes al sistema privado”.

Las beneficiadas
Serralunga aseguró que el informe de la Superintendencia de las AFJP
informa que “en el mes de agosto de este año el 85% de las afiliaciones a
las AFJP han sido tácitas. Es decir, han derivado de la no opción expresa
del trabajador por el sistema de reparto. Casi en un 100% las
administradoras se favorecen de este mecanismo legal, por eso desde nuestro
sector pretendemos que se permita la vuelta al sistema de reparto”.
“Hay que tener en cuenta que las AFJP en la actualidad no garantizan
aquello que en su momento quizás justificó su creación, o al menos fue uno
de los argumentos fundamentales, que tenía que ver con la excelente
administración de los fondos. Hoy, por cada peso de aporte jubilatorio que
los trabajadores ingresan al sistema, grandes porcentajes se van en
comisiones que son retribuciones para las AFJP, gastos de administración, y
esto en el sistema público no existe porque la forma en que se gerencian
las jubilaciones hacen que el funcionamiento de la ANSES, en este caso, sea
soportado por las rentas generales”, advirtió el delegado.
Cabe destacar que si bien las AFJP se presentaron durante la infame
década menemista “como la panacea”, hoy quien tiene un sueldo de $ 1.000 va
a tener una jubilación de no más del 40% del activo o, para aquel que cobra
unos $ 2.000, sus haberes no superarán el 35% de su sueldo.
“A esta cuestión que tiene que ver con el interés directo de los
afiliados a un sistema u otro, se suma el tema de la financiación del
Estado. El hecho de que una persona opte, en forma expresa o tácita por una
AFJP, hace que sus aportes se deriven a una de estas administradoras que va
a regentear sus fondos con la supuesta idea de que la rentabilidad de las
inversiones que surjan de los mismos va a mejorar su jubilación. Pero el
perjudicado directo de esta transferencia ha sido el Estado porque es quien
recibía hasta 1994 esos importes”, explicó Serralunga y calculó que,
aproximadamente “6.500 millones de pesos anuales se han perdido desde la
reforma”. O sea: casi 78.000 millones hasta la fecha, con las consecuencias
que todos conocemos y sufrimos.
En fin, esta reforma que “no benefició ni a los directamente
interesados, que son los futuros jubilados, ni al Estado”, deberá ser
corregida por el Congreso Nacional mediante la modificación “del artículo
30, y las reglamentaciones que se dictaron en consecuencia, de la Ley
24.241, que viene con muchos proyectos ya presentados, incluso ha sido
promesa electoral de este y otros gobiernos, aunque para 2007 en el
presupuesto no se avizora que esté contemplada una reforma de este punto”.
Por lo pronto, el Concejo Deliberante local, a través de un proyecto de
resolución presentado por Andrés De Leo (UCR), solicitó, por unanimidad, a
los legisladores nacionales que aprueben la “Libre Opción Jubilatoria”.

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2011-10-25 10:11:13
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