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Que quede como está
Esta semana probablemente tendrá su definición en el Parlamento bonaerense la discusión en torno al Proyecto de Modificaciones al Código Fiscal bonaerense, que el Ejecutivo remitió al Congreso. El movimiento asociativista cuestiona los puntos referidos a la exención impositiva para las entidades cooperativas, que pasaría a estar sujeta a la decisión del Estado.

Esta semana probablemente tendrá
su definición en el Parlamento bonaerense la discusión en torno al Proyecto de
Modificaciones al Código Fiscal bonaerense, que el Ejecutivo remitió al
Congreso. El movimiento asociativista cuestiona los puntos referidos a la
exención impositiva para las entidades cooperativas, que pasaría a estar sujeta
a la decisión del Estado. EcoDias dialogó con Alejandro Marinello, asesor de la
Cooperativa Obrera, para conocer su opinión sobre el tema.

De
cara al ejercicio 2012, el Poder Ejecutivo bonaerense que encabeza el reelecto
gobernador Daniel Scioli envió al Congreso de la provincia un Proyecto de
Modificaciones al Código Fiscal actualmente en vigencia.
La semana pasada, la Confederación Cooperativa de la República Argentina (Cooperar),
la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro) y la Federación de
Cooperativas de Electricidad y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos
Aires (Fedecoba), hicieron notar su preocupación en torno a algunos de los
cambios que prevé el proyecto oficial en materia impositiva para el sector.
El texto, a través de su artículo 137, se propone derogar la no sujeción de las
cooperativas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, convirtiéndola en una
exención regulada por el Estado. Fuera del beneficio quedarían, por caso, las
cooperativas de consumo que efectúen a sus asociados “ventas al por menor”.
También, de acuerdo al artículo 139 del mismo proyecto, aquellas entidades
sociales que incluyen entre sus prestaciones a los servicios de electricidad o
telefonía y extiendan las mismas más allá de los límites del distrito al que
pertenecen.

La voz cooperativa
Alejandro Marinello fue hasta hace poco tiempo secretario del Consejo de
Administración de la Cooperativa Obrera, entidad a la que ahora asesora. Vuelto
de un viaje a La Plata en que mantuvo distintas reuniones por el tema, se
prestó a una charla con EcoDias para dejar en claro su postura sobre el
proyecto de Modificación al Código Fiscal y las últimas novedades que en la
capital provincial existen en torno al tema.
“Novedades hay muchas pero modificaciones hay pocas, porque la línea de la
parte de planificación del Ministerio de Economía de la provincia, que es donde
se pensó esta reforma, es muy dura. Ellos tienen una posición monolítica”,
reseñó Marinello.
“Nosotros tenemos un cuestionamiento de inconstitucionalidad, que lo estamos
invocando pero aún no lo hemos formalizado porque esto todavía no deja ser un
proyecto”, indicó. En efecto, las modificaciones propuestas ya reseñadas en
esta nota van en contra de Ley 13.360, aprobada por unanimidad en la misma
legislatura en 2005. Esta norma reconoce la particularidad del acto cooperativo
y establece la no sujeción al impuesto a los Ingresos Brutos y de sellado. Con
ello no se hizo más que transformar en derecho positivo el postulado incluido
en el artículo 41 de la Constitución bonaerense, que diferencia al acto
cooperativo de cualquier contrato u operación civil o comercial.
“Como decía, la línea es muy dura porque hay una cierta ortodoxia en el planteo
desde que cambian la categoría de las cooperativas como sujetos no alcanzados
por el Impuesto de Sellos e Ingresos Brutos a exentas o ni siquiera estar
exentas”, subrayó Marinello.
“Hay una doble inconstitucionalidad. La Ley 13.360, al reconocer a las
cooperativas como sujetos no alcanzados está reconociendo el acto cooperativo;
esto es: la operación social que hay entre el asociado y su cooperativa no es
sino un vínculo particular que no es de comercio, civil o administrativo, sino
cooperativo. Ese vínculo entre el asociado y su cooperativa, de la que forma
parte y es dueño en definitiva, para la ley del 2005 no hace que el acto
cooperativo suponga que sea alcanzado ni por Ingresos Brutos ni por sellos”.
“Esta ley (13.360/2005), que nosotros pretendemos que siga vigente, no es ni
más ni menos que hacer operativa la manda constitucional del artículo 41 de la
Constitución provincial, que expresamente establece que el Estado bonaerense
promueve y estimula las cooperativas y les dará un tratamiento tributario
acorde con su naturaleza específica”, agregó Marinello.
“A partir de allí, no sólo la Cooperativa Obrera sino todas las secciones de
consumo de las pequeñas, medianas y grandes cooperativas agrarias, han podido
no sólo beneficiar aún más a sus asociados con precios diferenciales, sino que
además pudieron establecer un desarrollo acorde con su naturaleza. Sobre todo
en las localidades pequeñas donde no va ninguna otra figura jurídica que no sea
la cooperativa, porque no es rentable”, explicó.

Segunda inconstitucionalidad
Para Marinello, cambiar el estándar tributario del modo ya explicado genera
una “doble inconstitucionalidad”: el proyecto de modificaciones al Código
Fiscal “no sólo no cumple la manda constitucional que reconoce la naturaleza
específica de las cooperativas, sino que ni siquiera respeta la garantía de
igualdad ante la ley, que también es constitucional, porque establece una
distinción entre unas cooperativas y otras. Lo cual es una enormidad jurídica”,
opinó.
“Nosotros creemos que la prédica en favor del cooperativismo está vacía de
contenido si no se le dan instrumentos. Y la realidad es que la gente que está
en los centros o en las tecnoburocracias de las grandes capitales desconoce totalmente
al interior y, en el caso puntual nuestro, al interior de las provincias”,
disparó.
“En las pequeñas y medianas localidades, una cooperativa es una entidad que
tiene un efecto fundamental: el de regulador de precios. Y además es un espacio
de encuentro, con una función social muy importante, un retorno de excedentes y
la jerarquización de la región, que de alguna manera están en línea con la
prédica oficial en torno al mercado interno, pero que estaría vacía de
contenido” de aprobarse la reforma propuesta.
“Concretamente, no garantizar un instrumento de políticas públicas o quitar el
tratamiento tributario de sujeto no alcanzado al movimiento cooperativo es
quitar el instrumento que hace posible lo que por otro lado se predica”,
remarcó.

Últimas novedades
La semana pasada, Marinello formó parte de una delegación del movimiento
cooperativo que visitó a los bloques que integran la legislatura bonaerense con
el fin de transmitirle la preocupación del sector ante el eventual cambio en el
Código Fiscal de la provincia.
“Queremos dejar todo sobre la mesa para que los legisladores del oficialismo y
la oposición conozcan cuál es la posición del movimiento y cómo funciona en el
interior de la provincia una empresa cooperativa, que tienen un anclaje social,
comercial y económico fundamental en nuestras localidades”, relató.
En cuanto a la recepción que tuvieron en las reuniones con los miembros del
Congreso, Marinello indicó que “fue buena. En todos los casos nos han abierto
las puertas desde todos los bloques. Nos han recibido y escuchado. Por supuesto
que con distintas suerte: nosotros comprendemos que los legisladores del
oficialismo naturalmente están un poco más constreñidos respecto del margen de
acción que puedan tener pero, hay que decirlo, están haciendo dentro de sus
posibilidades lo que corresponde, por lo menos para que el Ejecutivo vea cuál
es la realidad de esta región respecto a la importancia que tienen las
cooperativas. Pero ahora, los caballos se verán en la pista, el jueves que
viene (17), cuando esto se defina”.
Finalmente, Marinello se refirió a las consecuencias que podría tener la
eventual sanción de la reforma al Código Fiscal propuesta y el desconocimiento
de la naturaleza específica del acto cooperativo. “En realidad, en ese caso no habrá
perspectivas. Es muy sencillo: el espacio que no ocuparán con estas
limitaciones las entidades de la economía social lo ocuparán otros sectores o
figuras jurídicas, sociedades comerciales lucrativas, muchas de ellas
transnacionales”, sostuvo. En cuanto a las cooperativas en sí, “o no habrá
crecimiento, o ese crecimiento se orientará hacia las jurisdicciones donde sí
nos reciben con los brazos abiertos, como Río Negro o Neuquén. Entonces, la que
pierde en definitiva no sólo es la región sino también la provincia”, añadió.

Datos que pesan
El artículo 139 del proyecto de reforma al Código Fiscal bonaerense proponer
establecer que las cooperativas que brindan el servicio de telefonía o
electricidad en localidades ubicadas fuera de su distrito de asiento no
quedarán exentas del pago de impuestos en concepto de Ingresos Brutos.
Ante esa propuesta, conviene tener presentes algunos números que el doctor
Ariel Guarco -titular de Cooperar y Fedecoba- incluyó en su disertación en el
marco de la VII Jornada Universitaria de Entidades de la Economía Social,
desarrollada hace pocas semanas en nuestra ciudad.
En esa oportunidad, Guarco recordó que las entidades cooperativas brindan
servicios públicos en plazas que no son cubiertas por las empresas privadas del
ramo, que no consideran rentable el suministro a pocos usuarios. “Las
cooperativas de servicio están donde nadie quiere estar”, remarcó.
Con números concretos: el noventa por ciento de los usuarios rurales del
servicio eléctrico lo reciben a través de una entidad cooperativa. Trescientas
cooperativas hacen lo propio con el de telecomunicaciones, que llega a 430 mil
abonados.
Pero hay más: a pesar de las desventajas en que se ven inmersas estas empresas
sociales, la participación del costo del servicio de energía eléctrica de
prestatarios cooperativos sobre el salario mínimo, vital y móvil se licuó seis
veces desde 2001. En efecto, si a principios de la década el pago del servicio
insumía a un trabajador al menos el doce por ciento del salario, actualmente
requiere como máximo alrededor de dos puntos porcentuales del mismo.



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2011-11-14 16:52:00
Etiquetas: Economía social.
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