Cinco personas fueron procesadas por el delito de trata de personas con fines
de explotación laboral y sexual, mediante el uso de engaño, amenazas y
violencia. El líder de la organización está acusado también de abuso sexual y
torturas, delitos cometidos al menos contra una de sus hijas, con la
complicidad de la madre.
Luego de desbaratada una organización con rasgos de secta religiosa, que
sometía a sus víctimas a la servidumbre, la explotación laboral y abusos
sexuales, el juez Santiago Inchausti -en línea con la investigación en la que
intervino la Fiscalía Federal N° 2, a cargo de Nicolás Czizik- resolvió el
procesamiento con prisión preventiva de los cinco acusados, a quienes se les
trabó embargo por 10 millones de pesos. Si bien son cinco las víctimas por las
que se dictaron los procesamientos, serían más de 30.
La causa tiene su inicio en la justicia provincial, a partir de una denuncia
efectuada por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas del Ministerio
Público Fiscal de la Nación: allí había llegado una denuncia anónima sobre
situaciones de explotación y abusos sexuales de una secta que actuaba desde el
Hotel City, situado en pleno centro marplatense, en Diagonal Alberdi al 2500.
Esto fue ratificado y detallado por cinco de las víctimas de la secta donde se
encontraban inmersas por circunstancias ajenas a su voluntad, y donde
permanecían cautivos a través de la imposición de temor, violencia, encierro,
exhibición de armas o golpizas. Reunidos distintos elementos, y en base a las
declaraciones recibidas, la jueza de Garantías N°6 declinó la competencia al
fuero federal y en el mismo sentido se expresó el Ministerio Público Fiscal de
la Nación, aceptando la competencia la justicia federal.
El avance de la investigación permitió determinar que las cinco personas
procesadas formaron parte -al menos desde principios de la década del 70 y
hasta el día del allanamiento, el pasado 3 de julio- de una organización
delictiva con rasgos de secta religiosa. Bajo la apariencia de un ministerio o
grupo de yoga con influencias de la filosofía hindú, alumnos y alumnas
convivían bajo el mismo techo que su maestro en el Hotel City desde el 2005, y
anteriormente en una casa del conurbano bonaerense e incluso en Venezuela.
La intención de la congregación era captar y acoger a personas en situaciones
de vulnerabilidad -marcada por su escasa edad, circunstancias familiares
adversas, falta de contención, bajos recursos económicos y de educación-,
convencerlas de hacer aportes económicos a las arcas de la organización, y
reducirlas a la servidumbre con el objeto de explotarlas económica y
laboralmente y someterlas sexualmente.
Entre las víctimas no distinguía entre sus propios hijos y los de personas
ajenas a su grupo familiar. El líder de la organización sometía a las víctimas
al aislamiento social -no asistían a la escuela, no se relacionaban con el
exterior, se movían en grupo, no podían comunicarse con los miembros que habían
decidido irse y eran vigiladas por cámaras de seguridad-, tenía hijos con las
mujeres que captaba; los obligaba a mantener relaciones sexuales entre quien él
elegía bajo la excusa de ser un “aprendizaje sexual”, no le importaba que se
tratara de menores de edad y los filmaba mientras lo hacían.
Además, se apropiaba de los bienes de las nuevas víctimas que captaba y quienes
trabajaban en el hotel lo hacían a cambio de un valor simbólico de dinero, el
alojamiento y la comida, o les hacía creer que era comunitario el trabajo,
cuando sólo él se beneficiaba. Las torturas físicas y psicológicas también eran
parte de la vida cotidiana en el lugar, tanto a menores como a los adultos. De
modo coincidente, los testigos/víctimas relataron haber sufrido o visto
palizas, golpes, estar colgados de una soga por una largo rato, asfixias con
agua, simulacros de fusilamientos, picana eléctrica, entre otros tormentos.
Quien estaba al frente de la organización cumplía el rol de “guía espiritual”
en la congregación que él mismo había fundado, daba las directivas en el hotel
y tendría un completo control sobre las vidas y acciones de las víctimas. En su
accionar también colaboraron su pareja, quien estuviera al frente de la
“cooperativa” administradora del emprendimiento hotelero; y tres sujetos que
eran de confianza del líder y desempeñaban distintas tareas en la organización.
“Estamos básicamente en situaciones de esclavitud o análogas que quedan
atrapadas por los delitos de reducción a servidumbre o trata de personas,
prohibido por nuestra Constitución Nacional y sancionado penalmente por el
artículo 140 del Código Penal, desde su sanción en 1921, y por el artículo 145
bis y ter del mismo Código Penal, desde el año 2008”, sostuvo el juez Santiago
Inchausti al fundamentar los procesamientos.
En este sentido, planteó que las conductas delictivas respecto de las cinco víctimas
comenzaron en antigua data, pero que nunca cesaron a lo largo de tres o cuatro
décadas, por lo que debe ser tratado como “un delito permanente”, y en
consecuencia, se le van aplicando la sucesión de leyes penales que se han ido
sancionando en su transcurso. En efecto, la reducción a la servidumbre que
comenzó con la hija menor de edad y las otras cuatro víctimas captadas se fue
extendiendo en el tiempo y, en el año 2008, con la sanción del delito de trata
de persona, continuó como este delito bajo la modalidad del acogimiento hasta
que cesó el delito recientemente.
Por otro lado, la resolución repara, para dimensionar la capacidad de acción de
los acusados en relación a la eliminación de aquellas personas a las que
consideraban adversarias a sus fines, en los testimonios que los vincula con
delitos de suma gravedad, que por cuestiones temporales y/o territoriales no
resultan objeto de la presente causa: hubo quienes hablaron de desaparición de
personas, torturas y homicidios contra personas que intentaron escapar de la
red de trata en la que estaban sometidos.
Reducción a la servidumbre y trata
Los hechos reseñados, de acuerdo a la resolución del juez Inchausti, tienen en
principio su encuadre legal en el delito de reducción a la servidumbre, que concurre
de forma ideal con el delito de trata de personas con fines de explotación
sexual y laboral agravado por el uso de engaño, fraude, violencia, amenaza y
otros medios de intimidación y coerción, abuso de autoridad y de una situación
de vulnerabilidad y concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el
consentimiento de personas sobre las que se tuvo autoridad, por la cantidad de
víctimas, la cantidad de victimarios, por ser ministro o autoridad de culto, y
por la consumación de la explotación.
Abusos sexuales y torturas
Además de la reducción a la servidumbre y la explotación laboral, el líder de
la organización sometió -con la participación necesaria de su pareja- a algunas
de las víctimas a diferentes delitos contra la integridad sexual: les efectuó
personalmente tocamientos, abusos sexuales con acceso carnal y, a su vez,
obligó a contraer relaciones sexuales a los fieles y a los integrantes de su
familia entre sí, de acuerdo consta en la resolución judicial.
Una de las víctimas relató que el principal de los investigados abusó de ella
desde los seis años, con la complicidad de su madre. Los abusos con acceso
carnal comenzaron a los 13 años y recibía castigos si se negaba. Como
consecuencia de los sometimientos, relató que a los 28 años tuvo una hija, de
quien también intentó abusar cuando la niña cumplió 13. Constan en la causa
otros testimonios que dan cuenta de las situaciones de abuso que se repetían
por parte del principal acusado.
Otra de las víctimas relató también que tenía el recuerdo de las palizas que le
propinaba, por lo que le tenían terror: les pegaba con un cinturón, las quemaba
con un encendedor. Dijo que “a lo último ya ni me dolía”; y que quedaba
paralizada cada vez que sabía que venía una paliza.
Fruto de los abusos, el principal imputado habría tenido, según relato de las
víctimas, quince hijos, trece de ellos con seis madres diferentes y los
restantes con dos de sus hijas biológicas. A excepción de uno -e instigados por
el responsable de la secta-, habrían sido inscriptos como hijos biológicos de
otros miembros de la congregación, lo que configuraría falsedades documentales
y/o declarativas. También es materia de investigación, ante los indicios
recolectados, que el líder -con la complicidad de los coimputados- habría obligado
a fieles de la organización a contraer matrimonios forzados. En relación a
estos delitos, como a la situación de 30 posibles nuevas víctimas, el juez
instructor ordenó nuevas medidas de prueba. (…)
Asistencia a las víctimas
A los fines de brindar asistencia a las víctimas, se ha dado intervención al
Programa de Rescate del Ministerio de Justicia y a la Oficina de Atención de
Víctimas del Ministerio Público Fiscal de la Nación en Mar del Plata.
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