La Pampa: pidieron diez años de prisión para un juez municipal involucrado en
un caso de trata de personas. Se trata del juez municipal de faltas de General
Acha Sebastián Sancho, quien llegó a juicio acusado de haber levantado en
tiempo récord y “sin el menor recaudo legal» la clausura preventiva que la
justicia había dispuesto en el prostíbulo “El Delfín”, donde eran explotadas
sexualmente mujeres en situación de vulnerabilidad. La Fiscalía requirió además
penas de 12 y 11 años para otros dos imputados, y el decomiso del local con
fines sociales.
La Fiscalía General ante el TOF de Santa Rosa, interinamente a cargo del
fiscal federal Leonel Gómez Barbella, solicitó que se condene a diez años de
prisión a Sebastián Sancho, juez de faltas del municipio de General Acha,
provincia de La Pampa, al considerar que efectuó un aporte «esencial»
en la comisión del delito de trata de personas con fines de explotación sexual
de al menos siete mujeres en situación de vulnerabilidad en el prostíbulo
«El Delfín», de la mencionada localidad. En sus alegatos, la Fiscalía
requirió además penas de doce y once años de prisión para Marta Silva y su hijo
Carlos, respectivamente, y el decomiso del local para su posterior entrega a
actividades con fines sociales.
La causa tuvo su inicio en 2011. El 11 de noviembre de ese año, tras un
allanamiento que constató la presencia de mujeres que ejercían la prostitución
como víctimas del delito de trata de personas, la justicia ordenó la clausura
preventiva del prostíbulo «El Delfín», ubicado sobre la ruta 152,
kilómetro 27,5. De acuerdo a la acusación fiscal, el imputado Sebastián Andrés
Sancho, en su carácter de Juez Regional de Faltas con competencia en la
localidad de General Acha, dispuso en tiempo récord y sin tomar el mínimo
recaudo legal el levantamiento de la clausura, lo que permitió que continuara
el desarrollo de la actividad delictiva que allí tenía lugar. «La acción
cometida por el imputado se llevó a cabo a sabiendas de la contrariedad del
acto”, señaló la fiscal federal Adriana Zapico en el auto de elevación a
juicio.
En junio de 2012 el local fue nuevamente allanado, luego de la denuncia
efectuada por una víctima que había recibido una agresión por parte de un
“cliente” que se encontraba en el lugar. Nuevamente se corroboró la presencia
de mujeres que eran explotadas, además de secuestrarse el denominado “libro de
pases”, libretas sanitarias y talonarios dentro de un recipiente con
anotaciones de nombres de pila femeninos, entre otros elementos de interés para
la causa.
En su exposición de alegatos, la Fiscalía sostuvo que a través de los
testimonios y de la gran cantidad de pruebas ventiladas en el debate -entre las
que se encuentran los resultados de los dos allanamientos realizados por
personal de la Brigada de Investigaciones UR-I de la Policía de la Provincia de
La Pampa- quedó debidamente acreditado que las víctimas realizaban “pases” y
que fueron explotadas sexualmente en el marco de una fuerte situación de
vulnerabilidad. Al respecto, describió las dificultades económicas que
motivaron que muchas de ellas emigraran desde su provincia o país de origen y
que incluso una de las víctimas fue objeto de amenazas para que continuara con
la actividad.
En ese marco, la Fiscalía General destacó los compromisos asumidos por el
Estado argentino al adherir a instrumentos como la Convención Interamericana
para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención
de Belem do Pará), el cual establece que se entenderá que violencia contra la
mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica que tenga lugar en la
comunidad y sea perpetrada por cualquier persona, y que comprende violación,
abuso sexual, trata de personas, prostitución forzada, entre otros, cuestiones
éstas que se dieron en el marco de los hechos traídos a debate.
Respecto a la responsabilidad del juez Sancho, quien se encuentra en funciones
desde 2006, el representante del MPF puntualizó que el mismo día del primer
allanamiento -11 de noviembre de 2011- ordenó el levantamiento de la clausura
sin verificar las circunstancias que rodearon el cierre del local, provocando
así que en el lugar continuará la actividad delictiva. En función de ello,
el fiscal hizo referencia a las obligaciones que tiene el Estado argentino en
los hechos de corrupción de un funcionario público al haber adherido a
instrumentos como la Convención Interamericana contra la Corrupción (OEA)
aprobada por ley 24.759 y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción
(ONU) aprobada por ley 26.097, que instan a promover, prevenir y combatir la
corrupción, ya que el acto incluye la realización por parte de un funcionario
público de un acto u omisión en el ejercicio de sus funciones con el fin de
obtener ilícitamente beneficios para sí mismo o un tercero como, entendió,
sucedió en el caso debatido.
La Fiscalía requirió que el funcionario sea condenado por su participación
necesaria en los hechos a la pena de diez años de prisión ya que sin su
esencial aporte el local «El Delfín» no podría haber continuado con
la conducta delictiva, y que su situación sea comunicada al intendente de
General Acha y al Consejo de la Magistratura de La Pampa.
Respecto de Marta Silva y Carlos Silva, la Fiscalía General de Santa Rosa los
acusó de ser coautores de los delitos de corrupción agravada por el empleo de
amenazas (art. 125, último párrafo del CP) en concurso ideal con la trata de
personas en modalidad de traslado, recepción y acogimiento mediando abuso de
una situación de vulnerabilidad con la finalidad de explotación sexual mediante
el facilitamiento y obtención de provecho económico de dicha actividad y
sostenimiento de una casa de tolerancia (art. 17 de la ley 12.331).
A todos los imputados se pidió que se les apliquen las accesorias legales,
las costas del proceso e inhabilitación absoluta por el término de la condena.
La Fiscalía General solicitó la extracción de testimonios para investigar la
presunta responsabilidad en los hechos de la pareja de la imputada Marta Silva.
> Directora
Valeria Villagra
> Secretario de redacción
Pablo Bussetti
> Diseño gráfico
Rodrigo Galán
> Redacción
Silvana Angelicchio, Ivana Barrios y Lucía Argemi
> Difusión en redes sociales
Santiago Bussetti y Camila Bussetti
> Colaboradores
Claudio Eberhardt
2023– Copyleft. Todos los derechos compartidos / Propietario: Cooperativa de Trabajo EcoMedios Ltda. / Domicilio Legal: Gorriti 75. Oficina 3. Bahía Blanca (provincia de Buenos Aires). Contacto. 2914486737 – ecomedios.adm@gmail.com / Directora/coordinadora: Valeria Villagra. Fecha de inicio: julio 2000. DNDA: En trámite
Desarrollado por Puro Web Design.