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Que no nos engañen
Categoría: Interés general

Sábado a la tarde. El ritual de “las compras del mes” que se fue quedando atrás con esto de la inflación recontrainflada. Pero uno se aferra a esas viejas tradiciones. ¿Qué mejor que hacer que ir de compras?
Antes de salir repaso el equipo de “compras en supermercado”. Llevo todo: la lista de cosas que me faltan, el lápiz para ir tachando en la lista lo que voy metiendo en el changuito, los lentes, la calculadora, la plata.
El recorrido comienza tratando de hacerme de un changuito, cosa que un sábado a la tarde en estos super-hipermercados es turismo aventura. Lo logro… se lo gano a una mujer que camina más lento.
Empiezo mi recorrido por mi lista y por las góndolas. ¡Caramba! Me parece a mí… ¿o los precios aumentaron? No, no soy yo, son ellos. Los precios definitivamente aumentaron aunque los productos disminuyeron. Y no es metáfora esta frase, realmente los envases son más chicos. El champú y el acondicionador viene con menos mililitros; los paquetes de galletitas viene de a menos; el café instantáneo que antes era de 400 g. ahora viene de 370 g., y los paquetes de salchichas traen ¡5! (salchichas, obvio). Lentamente, ocurrió esto de la “disminución y aumento” y todos nos fuimos acostumbrando. Pero, ¿qué pasa con los cartelitos de los precios?
Los precios suben, bajan las cantidades en el producto. ¡Hay que ser brujo para adivinar concretamente cuánto te sale el café, cuánto te salen las galletitas, cuánto salen las salchichas…! Pero a mí no me van a ganar: tengo la calculadora en mi kit de compras.
Les cuento: el café, que antes era de 500 g., pasó de repente a 400 g., yo tomo mucho café así que me acostumbré y pagaba 5 mangos los 400 g… De repente -siempre es de repente- pasó de $ 5 a $ 4,80 y yo ¡contenta porque había bajado el café! Me duró poco el festejo… porque leí en la etiqueta que trae 370 g., así que eran menos $$ y muchos menos gramos. Engañapichanga que le dicen.
Por eso me llevo la calculadora. Porque nada mejor que sacar las cuentas ahí mismo, en el campo de batalla. Así, entre pitos y flautas, entre café y salchichas, calculando y calculando pierdo apenas unas cuatro horas… entre que entiendo el cartelito de los precios en el super -si es que hay cartelitos, sino tengo que ir a la caja a preguntarle a la cajera-. En fin, cosas que uno tiene que pasar por hacer las compras.

¿Hay que pasar por TODO esto?
No.
¡Amigos, amigas! A tirar la calculadora -o dejarla en un cajón- y a tomar nota de estos datos que por ley deberían cumplir respecto a los precios las empresas que nos venden.

Debemos saber que:
● Todos los bienes o servicios que se ofrecen a consumidores finales deben tener exhibidos sus precios.
● Cuando los precios se exhiban financiados (en cuotas) deberá indicarse el precio de contado, el precio total financiado, el anticipo -si lo hubiere-, la cantidad y monto de las cuotas, y la tasa de interés efectiva anual aplicada.
● Los precios deben exhibirse en forma clara y por unidad.

¿Qué pasa con los super-hipermercados?
Especialmente para el caso de los autoservicios que son aquellos lugares donde “el consumidor debe tomar o servirse los productos directamente de la góndola de exhibición”, se establece por norma que se deberá indicar el precio de venta por unidad de medida de los productos que exhiba. Y deberán hacerlo en caracteres de igual realce que los utilizados normalmente.
O sea: en el mismo cartelito, en el mismo tamaño y lugar, debe verse el precio y el precio por unidad.

¿Qué se entiende por «precio de venta por unidad de medida»?
Es el precio final que efectivamente debiera pagar el consumidor por 1 kilogramo, 1 litro, 1 metro, etc. (o una sola unidad de la magnitud que se utilice en forma generalizada y habitual en la comercialización de productos específicos).
En el caso de presentaciones cuyo contenido no supere los 250 gramos o mililitros, la referencia al precio por unidad de medida deberá hacerse con relación a los 100 gramos o mililitros.

Consumidores responsables
Exigiendo que esta norma se cumpla hace que como consumidores podamos comparar precios entre distintos productos y marcas comerciales, tomando como base una misma unidad de medida. Con la puesta en vigencia de esta resolución como consumidores podemos ejercer nuestro derecho a estar correctamente informados para que nuestra decisión de compra sea la acertada y no caigamos en engaños comerciales.

Fuentes:
* Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor
* Resolución Nº 55/ 2002
* O. M. I. C.

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2007-08-25 00:00:00
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