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Delitos Sexuales
Categoría: Interés general

Ya se convirtió en ley el “Registro de condenados contra la integridad sexual”, a partir de la decisión del Senado de la Provincia de otorgarle media sanción al proyecto.

“El Registro contará con dos secciones claramente diferenciadas, por un lado tendrá la sección pública donde encontramos la totalidad de los datos de los sentenciados con condena firme. Por el otro -y como un dato relevante para los investigadores- estará el registro de los datos genéticos”, comenzó describiendo la senadora provincial Elsa Strizzi, impulsora de la iniciativa.
La nueva ley crea un registro de violadores en la Provincia de Buenos Aires, donde quedará asentada la identidad de los condenados por delitos contra la integridad física. La normativa también prevé la creación de un banco genético para archivos de los ADN de los implicados.
Según la ley, el banco de datos genéticos contendrá los resultados de los estudios genéticos realizados en todas las investigaciones penales, especialmente en las que se investiguen delitos contra la vida, la integridad sexual, la identidad o la libertad de las personas. La base de datos será de carácter secreta, no pública y solamente se encontrará disponible para el Ministerio Público y los Magistrados para ser cotejados con relación a las causas que se encuentren trabajando.
El proyecto fue confeccionado por la senadora provincial Elsa Strizzi, quien manifestó que “el objetivo de este proyecto es abordar una problemática muy seria y dolorosa no sólo del territorio de la Provincia de Buenos Aires, sino nacional y mundial, como son los delitos contra la integridad sexual. Esta herramienta nos permitirá facilitar la identificación de quienes cometen este tipo de delitos y poner a disposición de los estamentos judiciales un banco con los datos genéticos y un registro de condenados por delitos contra la integridad sexual, que dependerá del Ministerio de Justicia. Allí quedarán asentados todos los datos personales de los violadores. Además, queremos trabajar en la prevención y evitar la posible reincidencia de los autores de los delitos aberrantes contra la integridad sexual”.
La creadora del proyecto explicó que «toda persona que sea declarada culpable, sentenciada, con condena firme por un delito contra la integridad sexual, será incorporada al registro único y esta incorporación se realizará mediante orden judicial, dictada por el órgano jurisdiccional competente».
La información del registro no será de consulta pública, sino que estará a disposición solamente de fiscales, jueces que lo requieran y personas que puedan acreditar legítimo interés.
Será tarea de la Suprema Corte provincial la de “tomar los recaudos necesarios para la conformación de la base de datos, la confidencialidad de sus informes y el sistema de recuperación y análisis de la información judicial”, expresó Strizzi.
Por otro lado, con el objeto de incorporar a las Organizaciones no Gubernamentales que trabajan en materia de contención y divulgación de las acciones a seguir para prevenir ser víctimas de un delito de estas características, se creará un consejo en defensa de las víctimas, que estará integrado por representantes del poder ejecutivo, representantes de las organizaciones y académicos o profesionales que trabajen en el tema.

Las estadísticas
“Las denuncias por violación que ingresaron en las distintas fiscalías del país tuvo en lo que va del año un promedio de un ataque sexual cada 150 minutos, y en la mitad de los casos las víctimas fueron menores de edad, según un informe estadístico oficial. Una cuestión a tener en cuenta y altamente preocupante es que sólo un tercio de los casos son denunciados. A su vez, de este lacónico porcentaje un escaso y perturbador 10% de las causas terminan con los agresores detenidos”, detalló la funcionaria, que extrajo datos oficiales de la Dirección Nacional de Política Criminal, organismo dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación.
Al referirse a su motivación, relató que presentó “el proyecto hace unos meses, después que nos enteramos la terrible noticia de lo ocurrido en Dorrego. Desde ese momento, estos meses han trascurrido con mucho trabajo, con jornadas y reuniones, incorporando perspectivas y no sólo del ámbito legislativo, sino también con la participación del poder ejecutivo, de las organizaciones de víctimas de delitos contra la integridad sexual y de especialistas legales y médicos”.
Entre los fundamentos del proyecto se encuentran los números de la problemática que arrojan la suma de una denuncia de ataque sexual cada 150 minutos, ese 10 % de causas resueltas, y el agregado de un gran porcentaje de hechos no denunciados.
Además, en diferentes provincias de nuestro país encontramos en funcionamiento registros de datos de los condenados por delitos contra la integridad sexual, como son el caso de Mendoza, Neuquén, Córdoba, “y en muchas otras existen proyectos para su regulación que están en tratamientos en las diferentes legislaturas”.

La ley
“Créase el Registro de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual dependiente del Ministerio de Justicia, en el que se asentará la identidad de los condenados y sus demás datos personales, obrantes en las sentencias condenatorias por delitos tipificados en el Libro II, Título III del Código Penal. El Poder Ejecutivo reglamentará el acceso a la información de dicho registro respetando los principios de interés legítimo y publicidad establecidos respectivamente por los artículos 20º inciso 3 de la Constitución Provincial, y 280º y 343º de la Ley 11.922 y sus modificatorias. El Juez o Tribunal que dicte condena en los términos del párrafo anterior, deberá notificarlo al Registro, acompañando copia autenticada de la sentencia”.

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2008-09-27 00:00:00
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