¡¡¡Ahhhhhhhhhh, qué sueño!!! ¿Qué hora es? Este reloj no anda, ¿qué le pasa? Lo puse a las siete y son las
doce!!!! Ahhh, no sonó, no sonó
el radio despertador no sonó.
Bueno, a bañarme rápido y salir.
shhhhhhhhhhhhhh (ducha)
Secarse. Embadurnarse de crema y secarse el pelo.
Secarse nada, porque este maldito secador de pelo no anda!! ¿Qué le pasa? Bueno. Me cambio rápido y me voy.
Voy a tomarme algo fresco antes de salir con este calor.
Ayyyyyy!!!! ¡Está todo mojado! Se descongeló la heladera
Carambas, ahora entiendo. No hay luz.
Pero
ahí empezó a andar la heladera
hace ruido. Llegó la luz
uy voy a aprovechar y prender la compu uyyyy, ¡qué ruido raro hace!
Uyyy no hace más ruido. No anda.
Se quemó señora.
Carambas.
Si bien cuando se trata de daños en artefactos y/o instalaciones eléctricas debe iniciarse previamente el reclamo ante el distribuidor de energía local dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho, puede hacerse también su gestión ante el OCEBA, Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires.
El OCEBA tiene su razón de ser en el cumplimiento del rol del Estado, derivado del proceso de privatización y concesión de actividades de interés general y de servicio público en materia eléctrica en jurisdicción provincial.
La Ley 11.769 dispone que será Organismo de Control en materia de energía eléctrica el ente que se crea por la presente Ley en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios Públicos (hoy de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos) y que se denominará conforme la reglamentación y que tendrá la organización y atribuciones indicadas en el Capítulo XIII de esta Ley.
Las funciones que la ley acuerda al Organismo de Control se rigen por el principio de la especialidad de la competencia, atribuyéndosele actividades de control y fiscalización, normativas y jurisdiccionales en materia eléctrica.
Entre las primeras -de control y fiscalización- se encuentran las de hacer cumplir la ley, el reglamento y los contratos de concesión, controlando la calidad técnica y comercial, fiscalizando la seguridad, el medio ambiente, exigiendo el cumplimiento de los cuadros tarifarios y aplicando las sanciones pertinentes cuando ello corresponda.
Entre las segundas -de carácter normativo- se encuentran las de reglamentar los procedimientos de audiencias públicas, de aplicación de sanciones, de controversias y todas aquellas necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones y de los fines legales.
Por último -en su rol de tercero imparcial- dicta actos administrativos de alcance jurisdiccional, con control judicial suficiente, interviniendo en forma previa y obligatoria en toda controversia entre agentes de la actividad eléctrica provincial.
El derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y a la protección de los usuarios en su salud, seguridad, intereses económicos, información adecuada y veraz, trato equitativo y digno, educación para el consumo, calidad y eficiencia de los servicios públicos y vías procesales eficaces, todos de raigambre constitucional (artículos 41 y 42 de la Constitución Nacional y 28 y 38 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires), tienen su debida inserción en la normativa regulatoria vigente y son protegidos por OCEBA.
La presentación a efectuarse por quien reclame ante el Organismo deberá ser realizada en forma escrita.
Toda presentación deberá contener la siguiente información:
a) Nombre y apellido del reclamante.
b) Domicilio postal.
c) Número telefónico.
d) Domicilio correspondiente al suministro.
e) Fotocopia de una factura del suministro a nombre del titular.
f) Narración breve de la divergencia planteada, en virtud de la cual resulten menoscabados los derechos subjetivos o intereses legítimos del reclamante.
g) Presentación de documentación probatoria y/o antecedentes válidos para el análisis del caso planteado.
h) Acreditación del reclamo efectuado ante el agente prestador a fin de corroborar el cumplimiento de la primera instancia.
i) Fotocopia, si la hubiera, de respuesta del distribuidor.
OCEBA Delegación Regional Bahía Blanca
Berutti 425 (9 a 16 hs.)
Línea gratuita: 0-800-333-2824
Línea directa: 456-1148
E-mail: bahiablanca@oceba.gov.ar
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