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Por el derecho a la verdad
La ciudad fue sede de la tercera Jornada sobre Juicio en ausencia: Federalizar el debate contribuirá a visibilizar la necesidad y urgencia de esta herramienta.
Categoría: Instituciones
Por el derecho a la verdad de familiares de las víctimas (2)

La Jornada sobre Juicio en ausencia organizada por el Colegio de Abogados y el Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur (UNS) es la tercera sobre la temática, y la primera fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

“El encuentro fue muy productivo porque permite poner en debate este tema fundamental para visibilizar la necesidad de que el Estado genere herramientas que permitan superar el contexto de impunidad y garantizar la dimensión colectiva e individual del derecho a la verdad de las víctimas en el atentado”, explicó la Profesora Adjunta de Derechos Humanos, en la UNS y una de las exponentes del encuentro, Silvana Corbalán.

Quienes participaron como expositores y expositoras, presentaron sus posturas sobre el tema. En el caso de la profesora Corbalán, presentó el proyecto de investigación de la Cátedra de Derecho Procesal Penal, del Departamento de Derecho, “que en 2015 y 2016 un grupo de docentes, graduados y estudiantes, realizamos una extensa investigación sobre la viabilidad de legislar sobre Juicio en ausencia en nuestro Derecho nacional”.

La convocatoria fue realizada en su momento por la Secretaría que investiga el atentado a la embajada de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) y a la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA).

“Analizamos derecho comparado, doctrina y jurisprudencia nacional e internacional. Pudimos concluir que sería aconsejable y necesario, de acuerdo a las obligaciones internacionales asumidas por el Estado, una herramienta procesal, una ley nacional que modifique el Código Procesal Penal de la Nación, y contemple en casos excepcionales, para los delitos previstos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, el Juicio en ausencia”, argumentó la profesional.

Esta modalidad brinda la posibilidad de que “el imputado renuncie voluntariamente al ejercicio de su defensa material, no así a la defensa técnica. En este sentido, otro de los expositores e integrante de la Secretaría investigadora del atentado a la AMIA, Raúl Woscoff, aclaró que “un juicio en ausencia, no es una condena en ausencia. Ni contra los represores ni los imputados que pueden salir absueltos. Lo que se busca es la posibilidad de realizar un juicio pleno, oral, para que el familiar de la víctima conozca la verdad, después viene la justicia, que puede absolver o condenar”.

Como remarcó Corbalán, la defensa material es declinable, puede no estar físicamente pero sí tendrá la defensa técnica por medio de un abogado, puesto por él o por defensoría pública. “El condenado en un juicio en ausencia, si comparece puede pedir un nuevo juicio, juicio de revisión, por lo cual la garantía está asegurada”, reiteró Woscoff.

“Esta normativa permitirá avanzar en causas como la Amia, con casi 30 años de impunidad”, resaltó Corbalán.

En este momento, el proyecto presentado por la legisladora Margarita Stolbizer, está en la Cámara de Diputados de la Nación, sin tratamiento todavía en comisión. Sin dudas, es inevitable esperar al 10 de diciembre al recambio de legisladores para volver a promover su tratamiento.

Mientras tanto, Woscoff insistió en federalizar el debate para que colegas de distintos lugares del país puedan conocer el proyecto ley, así como también las y los legisladores de las provincias que ocupan u ocuparán un puesto en el Congreso Nacional, podrán votar con conocimiento de causa. Por eso, celebró que habría posibilidades de que el año próximo se realicé dicha jornada en las ciudades de Córdoba y Paraná.


Fugados de la dictadura

“De la misma manera, esta normativa se podría aplicar a un gran número de fugas de represores de la dictadura cívico- militar, cuyas alertas rojas superan a las de la AMIA”, sentenció Woscoff.

El letrado recordó que existen 16 alertas rojas de fugados por delito de lesa humanidad, cometidos durante la dictadura, y esas causas también están paralizadas. Son alrededor de sesenta las personas fugadas y en esto también Argentina tiene un “triste récord”.

Entonces, este proyecto de ley vendría a resolver la situación no solo de procesados e imputados en la causa AMIA, sino también los de la dictadura. Los delitos para que sea aplicable el juicio en ausencia son el de genocidio y los delitos de lesa humanidad, que es lo establecido en el Estatuto de Roma, que en el 2002 quedó vigente y que creó la Corte Internacional de Justicia.

Los disertantes en la jornada bahiense fueron: Margarita Stolbizer, Mariana Stilman, Raúl Woscoff, Franco Fumara, Javier Indij, Leandro Picado, Luis Czyzewski y Silvana Corvalán.


Antecedentes

La primera jornada se llevó a cabo en el Colegio Público de Abogacía en la Ciudad de Buenos Aires. Allí intervinieron representantes de la Daia, con el propósito de explicar la necesidad del juicio en ausencia. En esa oportunidad, Margarita Stolbizer, como diputada, presentó un nuevo proyecto de ley que sería presentado a la Cámara de Diputados.

Cabe destacar que esta propuesta de normativa fue presentada en aproximadamente diez oportunidades y perdieron estado parlamentario porque no hubo dictamen en el transcurso del año de presentación.

Una reflexión que brindó el entrevistado en diálogo con la Cooperativa Ecomedios fue: “El proceso penal es producto de la actividad del ser humano, si se paraliza se transforma en inhumano, el juicio en ausencia le devolvería humanidad a la causa AMIA, que está en gran parte inmovilizada por no lograr que comparezcan los imputados. Porque todas las pruebas que no tuvieron mayor desarrollo o que pueden aparecer, se materializan en un juicio oral, y esto sería principalmente para darles la verdad a familiares de las víctimas”.

ESTADO ACTUAL
Cuando hay imputados en una causa, que se fugan y que voluntariamente declinan la posibilidad de presentarse, de acuerdo al Código Procesal, hay una instancia de defensa del imputado, que es la declaración indagatoria. Allí puede negarse a declarar, porque no está obligado a declarar contra sí mismo, o puede ejercer su defensa cuando se exponen los hechos que se le imputan.
En el caso de que se fugue y no se pueda realizar la declaración indagatoria, la causa respecto a ese imputado queda paralizada. Eso es lo que ocurre en la causa AMIA, después de la acusación del fiscal Alberto Nisman, hay imputados iraníes y otros pertenecientes a la organización terrorista de Hezbolá, que están imputados y que los países a los que fueron requeridos a los efectos de la extradición, no lo hacen. En el caso de Irán, porque la Constitución iraní prohíbe que un iraní sea juzgado fuera de su país. Esto provoca la parálisis del juicio.

Autor: Redacción Ecodías

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2023-12-13 00:44:06
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