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Pasito adelante
El CSU votó el miércoles por unanimidad la derogación del Reglamento de Admisión y Disciplina para alumnos de la UNS, que databa de la dictadura y continuaba en vigencia. En tres meses, deberá conocerse un nuevo marco normativo. Además, se aprobaron los planes de estudio y contenidos mínimos de una tecnicatura destinada a la capacitación de trabajadores no docentes.
Categoría: Locales

El CSU
votó el miércoles por unanimidad la derogación del Reglamento de Admisión y
Disciplina para alumnos de la UNS, que databa de la dictadura y continuaba en
vigencia. En tres meses, deberá conocerse un nuevo marco normativo.
Además, se aprobaron los planes de estudio y contenidos mínimos de una
tecnicatura destinada a la capacitación de trabajadores no docentes.

El Reglamento de Admisión y Disciplina de la Universidad Nacional del Sur
(UNS), que estaba en vigencia desde 1977, finalmente fue derogado por el
Consejo Superior Universitario (CSU), cuerpo resolutivo de esa casa de
estudios.
En una nueva sesión plenaria del actual período estatutario, el recinto sito en
el edificio de avenida Colón 80 fue el escenario en que se llevó a cabo la
unánime aprobación del proyecto presentado.
La entonces eventual derogación de la normativa ya había tratada en el cuerpo,
a partir de un dictamen impulsado por la lista estudiantil Generación UNS. Sin
embargo, la mayoría oficialista del CSU envió nuevamente el texto a comisión
bajo la objeción de que la eliminación de la norma crearía “un vacío legal” en
el marco regulatorio.

Un poco de historia
El “Reglamento de admisión y disciplina para alumnos de la Universidad
Nacional del Sur” fue promulgado por la intervención militar que gobernaba la
casa de estudios, el 28 de setiembre de 1977.
Las firmas del rector interventor Julio Lucero y el secretario general
académico Alfredo Allan avalaban su texto, que incluye normativas que implican
serias limitaciones a los derechos individuales y cercenan la participación
política y gremial de los estudiantes.
Por caso, la normativa consideraba un impedimento para la admisión de los
aspirantes que registraran “antecedentes de carácter subversivo o actividad
disociadora en los respectivos organismos de seguridad”. También excluía a los
procesados o condenados por presunta comisión de delitos “con relación a la
seguridad nacional”. Finalmente, tampoco admitía a los presos políticos puestos
a disposición del Poder Ejecutivo “en virtud de la vigencia del Estado de
Sitio”.
También entendía como pasible de sanción la “desobediencia (sic) a las órdenes
o directivas impartidas por un profesor, docentes auxiliar o autoridad
universitaria, dirigidas a mantener el orden o evitar acciones de indisciplina
cuando no implique una falta mayor” y preveía una pena de entre un mes y un año
de suspensión a la demostración de “actitudes, expresiones o presentación
personal contrarias al decoro o las buenas costumbres”, que no detalla.
Sí era explícita, en cambio, en su artículo quinto, que preveía una pena de
suspensión de dos a seis años “o expulsión” a quienes realizaran “en la
Universidad actividades que asuman formas de adoctrinamiento, propaganda,
proselitismo o agitación de carácter público o gremial, docente, estudiantil y
no docente”.

Una primera instancia
Un mes atrás, durante el plenario que tuvo lugar el miércoles 13 de abril,
se debatió en primera instancia el proyecto elaborado por la agrupación
estudiantil Generación UNS, que proponía derogar el Reglamento de 1977.
El texto, proveniente de la Comisión de Interpretación y Reglamento, ofrecía
como argumento al propio Estatuto de la UNS, que establece un
“grado de igualdad entre los alumnos y los demás integrantes de la comunidad
universitaria” de tal grado que ordena “un sistema de cogobierno por claustros,
donde los alumnos tienen la misma cantidad de representantes que el claustro
docente”.
Además, recuerda que “sobre la base de garantías constitucionales y estatutarias,
la condición de ‘alumno’ no implica en grado alguno la inferioridad con
respecto al resto de los integrantes de la UNS”, por lo que el ahora derogado
Reglamento “resulta discriminatorio”.
A la hora de la votación, el oficialismo -con la mayoría aportada por las
listas Blanca, Auxiliares del Sur, Universidad y las estudiantiles MNR Desafíos
y Unidad- objetó el presunto “vacío legal” que la derogación conllevaría, por
lo que resolvió enviar el expediente nuevamente a Comisión.

Se levantan las barreras
Con las modificaciones de rigor, el proyecto regresó al recinto. Esta vez,
reunía firmas ligadas al oficialismo como las del asesor inmobiliario Gastón
Milanesi o el estudiante Cristian Kreber, cuyos bloques se habían negado a
aprobar la original presentación. Además, respaldaban el dictamen firmas de
representantes de otras listas, como la ex candidata a rectora Andrea
Castellano, por Línea Phi.
El texto fue aprobado por unanimidad en el cuerpo, resolviendo derogar el
Reglamento de Admisión y Disciplina de alumnos de 1977. El segundo artículo de
la resolución determina el compromiso del CSU a “garantizar el efectivo
cumplimiento” del Estatuto universitario “y preservar el principio de equidad
para todos los alumnos”.
A su vez, para evitar la sensación de “vacío legal” aludida en primera
instancia, el tercer punto encomienda a la Comisión de Interpretación y
Reglamento del órgano “la elaboración de la reglamentación” de rigor, necesaria
según el artículo 32 del Estatuto mencionado.
En pos de ello se recomienda a la mencionada comisión “iniciar instancias de
consulta y participación de todos los miembros de la comunidad universitaria”
para una elaboración plural de dicho marco.
Hasta tanto se efectivice la sanción de un nuevo Reglamento, el CSU dispuso que
“de manera transitoria y hasta la aprobación” de la normativa requerida, “serán
pasibles de sanción de apercibimiento o suspensión de hasta un año, las
conductas que transgredan el espíritu o los principios contenidos en el
Estatuto de la UNS”. Como autoridades de aplicación de estas eventuales
sanciones, la resolución marca a los consejos departamentales de cada unidad
académica.
Los últimos dos artículos versan sobre las garantías de defensa, que la persona
imputada podrá contar “durante el transcurso de todo el proceso disciplinario”.

En cuanto a los recursos de que podrá disponer el acusado de la transgresión a
lo fijado por el Estatuto, la resolución fija los de “reposición”, definida
como “la solicitud de reconsideración de la decisión ante la misma instancia
que la profirió”, y la “apelación”, entendida como “la solicitud de
reconsideración de la decisión ante el Consejo Superior Universitario”.
La reposición deberá realizarse antes de transcurridos cinco días hábiles desde
la notificación de la decisión en torno a la sanción. La solicitud de
apelación, en tanto, se deberá solicitar dentro de los diez días hábiles luego
de la notificación.

Tecnicatura para no docentes
En la misma reunión plenaria del miércoles pasado,
el CSU aprobó además el plan de estudios y los contenidos mínimos para la
carrera de la Tecnicatura Superior en Administración y Gestión de Recursos para
Instituciones Universitarias, que será puesta en marcha a partir del segundo
cuatrimestre de este año y tendrá como destinatarios a los trabajadores de la
UNS abocados a tareas administrativas en ese ámbito.
El dictado de la carrera surge a partir del Acta Acuerdo que el Ministerio de
Cultura y Educación de la Nación y la Federación Argentina del Trabajador de
las Universidades Nacionales (FATUN), firmada en septiembre de 1999.
El documento suscripto por las partes preveía la puesta en funcionamiento de un
Programa de capacitación no docente.
La Lista Azul de trabajadores no docentes elaboró un comunicado en que expresa
su acompañamiento a la puesta en marcha de la carrera, pero objetó que esté
“estructurada únicamente para los administrativos” y pidió que se implementen
orientaciones para todos los agrupamientos, considerando -entre otras cosas-
que la graduación proporciona el derecho al cobro de adicionales salariales por
título.

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2011-05-15 16:32:00
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