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No más reinados
Violencia Simbólica: “La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”. Aunque al intendente Gay “no le parece”, desde el Concejo Deliberante surge un proyecto de ordenanza para que no se “permita o habilite por parte del Municipio de Bahía Blanca, concursos de belleza y desalentando su realización”.
Categoría: Locales

Violencia Simbólica: “La que a través de patrones estereotipados, mensajes,
valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y
discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la
mujer en la sociedad”.
Aunque al intendente Gay “no le parece”, desde el Concejo Deliberante surge un
proyecto de ordenanza para que no se “permita o habilite por parte del
Municipio de Bahía Blanca, concursos de belleza y desalentando su realización”.

Sobre la necesidad de que el “Estado vele por la protección de las mujeres
y niñas, quebrando el paradigma de la cosificación de la mujer y promoviendo
medidas que eviten la violencia simbólica, en el marco de la ley 26.485 de
protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra
las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”, es
que la concejal Miriam Inatosca solicita que quede “sin efecto todo
procedimiento administrativo que permita o habilite por parte del Municipio de
Bahía Blanca, concursos de belleza y desalentando su realización”.
Entre los considerandos menciona cómo los certámenes de elección de reinas
resultan en varios puntos ser discriminatorios, sexistas y propiciadores de
violencia simbólica. Recordando que para el ingreso a los mismos se mira y se define
a la mujer por sus medidas, atributos físicos y la serie de estereotipos de
belleza arraigados.
La concejal nombra como antecedente el pedido de Acciones Feministas que en 2013
se presentaron en el Instituto Cultural para solicitar por el cese de las
elecciones de reinas en eventos donde esté vinculado el Instituto.
Un reclamo que, valga la aclaración, no se reduce a ese momento sino que es un
viejo anhelo de muchos y variados colectivos y que en la ciudad fue “continuado
por otras organizaciones sociales que trabajan la perspectiva de género y
luchas contra la violencia, entre ellas, las que se nuclean en la Red Local de
Violencia de Género”.
Y por supuesto el soporte de la ley 26.485, del año 2009, que tiene por objeto,
entre otras, promover “La remoción de patrones socioculturales que promueven y
sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las
mujeres”.
Justamente en esa ley se define a la violencia simbólica como “La que a través
de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y
reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales,
naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”.
Menciona también el proyecto que con motivo de “realizarse la elección de la
reina del Camarón y el Langostino en nuestra ciudad, en marzo del corriente
año, la Red Local de Violencia de Género emitió un comunicado señalando que no
compartía dicho evento, por considerarlo discriminatorio y propiciador de
violencia simbólica, señalando el deseo de que los concursos de belleza sean
remplazados por competencias donde se valoren y reconozcan otras competencias
vinculadas a lo social y cultural y donde se muestre a la mujer en las
antípodas de la cosificación” y ve la necesidad de “promover medidas que eviten
la reproducción de un estereotipo del género que cosifica a la mujer, se
propone la eliminación de los concursos de belleza y la constitución de una
comisión asesora integrada por organizaciones que trabajan sobre la perceptiva
de género y luchan contra la violencia”.

Capacítese
Una temática abordada por el movimiento feminista desde temprana edad hasta
lo más cercano en épocas, cuando se hace referencia al “mito de la belleza».

Este pedido de la concejal hay que entenderlo más allá del las ignorantes
declaraciones del intendente Gay, que afirmó entre otras cosas que “me tendrán
que convencer” porque no le parece “tan así” y que los concursos de belleza
históricos no le parecen tan “sexistas”.
A dos marchas de “Ni una menos” y con el reclamo contra la violencia machista,
el ex periodista y funcionario Gay, parece no conocer los alcances de la ley
26585.
Si bien parece no poder adherir por ideología a las históricas luchas por la
equidad de género, pero de un funcionario se espera que entienda su
responsabilidad como parte del estado en los femicidios, la violencia de
género, la violencia simbólica etc.; y sino que se capacite.
Cuando se entablan discusiones a lo profundo del patriarcado y a las trampas
seductoras de la belleza y la opresión que subyace en los patrones estéticos,
es necesario mucho más que sólo el planteo del “me parece”.

PROYECTO:
Artículo 1°: Déjase sin efecto todo procedimiento administrativo que
permita o habilite por parte del Municipio de Bahía Blanca, concursos de
belleza de personas y en particular de las mujeres, cualesquiera sea su edad,
en las distintas celebraciones locales, o eventos públicos, instrumentando los
mecanismos necesarios al efecto.
Artículo 2: Recomiéndase la no realización de concursos de belleza en espacios
privados de acceso público. Para ello, el Departamento Ejecutivo desalentará
toda iniciativa privada que promueva su realización, dejando estipulado que NO
avalará bajo ninguna modalidad ni tácita ni expresa ningún tipo de estos
eventos, ni subsidiará a organizaciones que los fomenten.
Artículo 3: Promuévase otro tipo de reconocimientos, basados en destacar a
personas de acuerdo a su compromiso solidario, tendiente a mejorar la calidad
de vida de los vecinos del partido de Bahía Blanca.
Artículo 4: Confórmase una Comisión asesora integrada por representantes de las
diferentes organizaciones que se ocupan de la perspectiva de género y de la
violencia de género, con el fin de monitorear el cumplimiento de la presente
ordenanza y proponer acciones que acompañen el proceso de adecuación.
Artículo 5: Déjase sin efecto cualquier otra norma contraria a las
disposiciones de la presente.

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2016-06-27 00:00:00
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