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Girotti, más en la mira que nunca
Una semana después de que el CSU tratara la reválida de Gloria Girotti a un cargo docente en el Departamento de Derecho, los fiscales Córdoba y Castaño solicitaron su detención, procesamiento e indagatoria como responsable de delitos de lesa humanidad ocurridos cuando se desempeñaba como secretaria del Juzgado entonces a cargo de Guillermo Madueño.
Categoría: Locales

Una semana después de que el CSU
tratara la reválida de
Gloria Girotti a un cargo docente en el Departamento de
Derecho, los fiscales Córdoba y Castaño solicitaron su detención, procesamiento
e indagatoria como responsable de delitos de lesa humanidad ocurridos cuando se
desempeñaba como secretaria del Juzgado entonces a cargo de Guillermo Madueño.

El 15 de
diciembre pasado, en la última sesión ordinaria del periodo 2010, el Consejo
Superior Universitario (CSU) de la Universidad Nacional del Sur (UNS) deliberó
en torno a la reválida de la abogada Gloria Girotti como profesora adjunta con
dedicación simple de la cátedra de “Derecho en los contratos”, que dicta el
Departamento de Derecho de esa casa de altos estudios.
El tratamiento de la posible reválida fue uno de los ingredientes que hizo a
una maratónica y polémica sesión del cuerpo. Bajo la atenta mirada de una Madre
de Plaza de Mayo y del titular de la Asamblea Permanente por los Derechos
Humanos (APDH) de Bahía Blanca, Eduardo Hidalgo, y con la participación en la
reunión de grupos estudiantiles y sindicales de distintas banderas, el máximo
órgano resolutivo de la UNS decidió posponer el tratamiento de la designación
para las sesiones de 2011, luego de que el punto regresara a Comisión para una
nueva discusión (ver EcoDias 350).
Los antecedentes por los que se cuestionaba la continuidad de la profesional al
frente de la cátedra se vinculaban a su rol como secretaria del Juzgado Federal
de Primera Instancia N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del entonces magistrado
Guillermo Federico Madueño. Girotti se desempeñó en el cargo entre 1975 y 1979.
Madueño, que murió en agosto del año pasado, fue procesado por su participación
en el plan sistemático que el Terrorismo de Estado ejerció en nuestra región
bajo la órbita del V Cuerpo de Ejército.
La sesión de mediados de diciembre en el CSU no resultó la primera ocasión en
que se puso en tela de juicio la idoneidad moral de Girotti para un cargo
público. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el docente
chubutense Gonzalo Pérez Álvarez ya habían impugnado su posible designación
como camarista Civil, Comercial y Laboral de Puerto Madryn. En dicha
oportunidad, el CELS fundamentó su impugnación en el argumento de que la
entonces aspirante carecía de “la idoneidad que se requiere para este cargo
público”, ya que “sus antecedentes han avalado algunos de los delitos
perpetrados en la jurisdicción del V Cuerpo de Ejército durante la última
dictadura militar”.

En la mira
Exactamente una semana después de la mencionada sesión del CSU, el fiscal
federal subrogante Abel Córdoba y el fiscal federal Antonio Castaño solicitaron
la detención, procesamiento e indagatoria de Gloria Girotti y su colega Hugo
Mario Sierra, quien también se desempeñó como secretario del Juzgado de Madueño
a fines de la década del ’70 y dicta cátedra en la UNS en la actualidad (ver recuadro
anexo). Además, los fiscales solicitaban que “se dispongan allanamientos de los
domicilios y los estudios jurídicos” de los acusados, a los que endilgaron la
participación en una asociación ilícita “destinada a cometer delitos” y el
“haber formado parte de un plan criminal clandestino e ilegal implementado para
secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas”.
El pedido, elevado al juez Alcindo Álvarez Canale, acusaba a Girotti y Sierra
de una conducta “a todas luces, ilícita, desde una doble perspectiva”, por “la
participación efectiva, directa e imprescindible que tenían en el desarrollo de
la actividad del órgano judicial” y por la “omisión de denunciar los delitos
cuya perpetración llegaba a su conocimiento a través de los expedientes en los
que intervenían de manera efectiva”.
La acusación de la Fiscalía marcaba un nuevo hito en la lucha contra la
impunidad de los represores de la última dictadura, ya que supone avanzar sobre
responsables o colaboracionistas civiles. Aunque a nivel nacional todavía no se
ha tomado un único criterio para evaluar la responsabilidad de los secretarios
de Juzgados, por caso, Córdoba y Castaño fundamentaron su pedido en las dos
líneas argumentativas antedichas: acción favorable al terrorismo de Estado
desde la función pública y omisión de denunciar las circunstancias aberrantes que
imperaban en el Centro Clandestino de Detención (CCD) bahiense, que no podían
desconocer.

Acción
Entre las conductas delictuosas que los fiscales acusaron en Girotti y Sierra
se encuentran la dilatación de los procesos judiciales “a través de la introducción
de demoras en las puestas a despacho, oficios, comunicaciones y cumplimiento de
medidas ordenadas por el juez”. También, “la asunción de un diálogo directo y
también la coordinación con las fuerzas represivas” y “el aval de actuaciones
policiales y la disposición de medidas de instrucción, al margen de toda
resolución judicial y sin proveer en los expedientes constancia de previa
consulta al magistrado”.
Párrafo aparte merece, en este orden de acciones por los que se solicitó la
imputación de los mencionados abogados y docentes bahienses, la acusación de
“participación en sesiones de interrogatorio bajo tortura” que se atribuye a
ambos. En las páginas siguientes de su escrito, Córdoba y Castaño detallan el
delito, tipificándolo como la “aplicación de tortura sobre las personas, en el
contexto de las investigaciones sobre perseguidos políticos, encubiertas bajo
la apariencia formal de audiencias indagatorias”.
Según indica el texto de los fiscales, “las víctimas -que permanecían en cautiverio
y bajo tortura en el CCD “La Escuelita”- fueron retiradas del mismo, y
conducidas a otra dependencia del Comando Vto. Cuerpo”. Concluido el traslado,
y “una vez en presencia de las víctimas, el juez Federal Madueño y sus
secretarios Sierra y Girotti evitaron expresar cualquier gesto o ademán de
garantía o resguardo frente a la situación de las mismas, denotando la evidente
complicidad y connivencia con las autoridades militares, y omitieron toda
referencia e inquietud frente a los signos inocultables e ineludibles de
tortura y abandono que presentaban”. Una de las víctimas de la particular
indagatoria compareció tabicada. Por otra parte, el grupo de secuestrados debía
soportar la presencia de personal militar, que apuntaba hacia ellos armas
largas.
“El carácter de tormento de la práctica desplegada, deviene -por una parte- de
la situación en que se encontraban las víctimas, quienes permanecían al momento
de los interrogatorios, como sujetos pasivos de los delitos permanentes y en
vía de ejecución de privación ilegítima de la libertad e imposición de
torturas”, explica el pedido remitido al juzgado de Álvarez Canale. “Y por
otra, ante las propias circunstancias de la sesión ante el juez: amenazas de
armas de fuego, utilización de esposas, presencia de personal militar,
denegación de asistencia de salud y de asesoramiento jurídico”, enumera.
“No obstante, el elemento central de la práctica aflictiva estaba brindada a
través de la dirección del acto por parte de quienes reunían la investidura de
funcionarios judiciales a cargo de la administración de justicia y el control
de la legalidad, lo que significaba a todas luces un tormento de tipo
psicológico traducido en el develamiento de la situación extrema de exposición
y peligro en que se encontraban las víctimas, y el desvanecimiento de todo
vestigio de esperanza de justicia”, fundamenta el documento firmado por Córdoba
y Castaño.

Omisión
En el orden de las omisiones que se atribuyen a los acusados, los fiscales
incluyen la de “denunciar los homicidios cometidos por las fuerzas armadas,
policiales o de seguridad”, que eran presentados oficialmente como
enfrentamientos armados. El procedimiento posterior a los homicidios incluía la
orden de inhumación sobre los cuerpos abatidos, “sin realizar ninguna
diligencia tendiente a conocer las circunstancias del hecho”, y la imputación
de las víctimas de los presuntos enfrentamientos.
También se menciona el “refrendo de las resoluciones por las cuales se
rechazaban los recursos de Hábeas Corpus” presentados por allegados de las víctimas
de las detenciones ilegales. En torno a este punto, los fiscales detallan “la
tramitación rigurosamente formal y la omisión de adopción de cualquier tipo de
medida sustancial de investigación, y posterior persecución y hostigamiento de
los familiares para el cobro de los gastos causídicos”.
Además, el texto señala la “paralización de las investigaciones suscitadas por
denuncias por privaciones ilegales de la libertad, a través de tecnicismos
formales”.
(continúa en la página)

Sierra, también
 Aunque el caso de Gloria Girotti fue el que mayores repercusiones
despertó en el ámbito universitario a partir del debate en torno a su reválida,
lo cierto es que su colega Hugo Sierra también se desempeña como docente en el
Departamento de Derecho de la Universidad Nacional del Sur.
El ex secretario del Juzgado Federal entonces a órdenes del fallecido Guillermo
Madueño es profesor titular con dedicación simple de las asignaturas de Derecho
Penal I y II. Durante el primer cuatrimestre de este año -que inicia en pocos
días- dictará esta última, en caso de que Álvarez Canale mantenga su actitud
contraria al procesamiento de los acusados y la Cámara de Apelaciones responda
por la negativa al recurso presentado por el fiscal Córdoba.
Girotti, por su parte, es docente en otras dos cátedras, además de aquella que
motivó su intento de reválida. Amén de ejercer su profesión de forma
particular, la abogada dicta clases en las asignaturas de Derecho de las
Obligaciones y Derecho Procesal Civil. El lunes 14 debía comenzar con su labor
en la Derecho en los Contratos, pero aún depende de la decisión del CSU.

El contemporizador
Siete días más tarde, el 29 de diciembre del año pasado, el juez federal
Alcindo Álvarez Canale respondió al pedido elevado por Córdoba y Castaño, denegando
cada una de las medidas solicitadas en torno a Gloria Girotti y Hugo Sierra.
Entre los fundamentos esgrimidos por el magistrado en la negativa a los
fiscales se encuentra el que “la mayoría” de las acciones atribuidas a Sierra y
Girotti “son más bien actos que entran dentro de la órbita de funciones propias
del Juez, y no de los Secretarios, por lo que mal puede entenderse que las
mismas constituyan acciones desplegadas por los sujetos imputados”.
En esa línea, Álvarez Canale recuerda la declaración del represor Adel Vilas,
quien declaró ante la Cámara Federal de Apelaciones que solía reunirse con
Madueño en el domicilio del entonces magistrado, sin mencionar la asistencia de
Girotti o Sierra a dichos encuentros y marcando un presunto carácter secreto en
los mismos.
Por otro lado, el juez federal bahiense interpreta que la omisión de denuncia
que el texto de Fiscalía adjudicaba a los abogados acusados “no puede ser
encuadrada como delito de lesa humanidad, habida cuenta que este tipo delictivo
detalla otras conductas, diferentes -y mucho más graves- a la del
encubrimiento”.
En cuanto a las sesiones de tortura en que los fiscales corroboraron la
participación de Girotti y Sierra, Álvarez Canale duda de la certeza del hecho.
“La intervención de los Secretarios en las mismas ‘torturando’ no puede
afirmarse sin titubeos, pues ninguno de los testigos afirma que los Actuarios
dispusieron medida alguna o actuaron infringiéndoles algún tipo de tormento,
siendo -en todo caso- el Juez, el que impartió allí las directivas”, indica.
Madueño, que aparece en este relato como el único desbocado del juzgado a sus
órdenes, está muerto desde agosto de 2010. Lógico.

Otro estamento
Notificado de la negativa del juez, el fiscal Abel Córdoba apeló el fallo ante
la Cámara de Apelaciones. El próximo martes 22 de marzo deberá presentarse allí
para ampliar la fundamentación del recurso.
A partir de ese momento, la Cámara dispondrá de un lapso de cinco días hábiles
para responder al pedido del fiscal. Si el resultado del recurso es un fallo
favorable al mismo, Álvarez Canale deberá -de mínima- indagar a los acusados,
para obtener elementos con los que disponer su procesamiento o dictar la falta
de mérito. En casos como aquellos por los que se responsabiliza a Girotti y
Sierra, la disposición de la toma de declaración indagatoria incluye la
detención de ambos.

El caso Hidalgo
El secretario general de la APDH bahiense, Eduardo Hidalgo, estuvo presente
en el edificio universitario de Colón 80 el día que el CSU trató la posible reválida
de Gloria Girotti como profesora de la cátedra de Derecho en los Contratos.
Además de su rol como representante de la entidad que encabeza, Hidalgo resulta
una de las víctimas del accionar por el que los fiscales Córdoba y Castaño
acusan a la abogada.
El escrito atribuye a Girotti la realización de “aportes necesarios para lograr
la paralización de la investigación de la privación de libertad” sufrida por el
titular de la APDH de Bahía Blanca. Lo hizo a través de “la introducción
sistemática en el trámite de demoras sustanciales en las notificaciones,
comunicaciones, vistas y puestas a despacho”.
Con este proceder, Girotti obstaculizó “el esclarecimiento de las autorías y
los móviles involucrados en el secuestro”. Además, colocó a la víctima en una situación
de “desprotección que facilitó y favoreció el padecimiento de un segundo
secuestro y su confinamiento” en “La Escuelita”, el campo clandestino de
detención y tormento que funcionaba en dependencias del V Cuerpo de Ejército.
Este camino era de ida y vuelta. El escrito de Fiscalía también atribuye a
Girotti la responsabilidad en la “consumación de una empresa de persecución
materializada desde el Juzgado Federal de su desempeño” sobre Hidalgo, al que
se procuró averiguar en su posible vinculación con “agrupaciones subversivas,
asimilando al sujeto afligido a un órgano de información a los fines de la
persecución política emprendida”.

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2011-03-14 14:00:00
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