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Concientización
Se realizó una jornada de concientización sobre la problemática del adulto mayor residente en hogares geriátricos. PAMI y municipio asociados para mejorar este presente de los abuelos.
Categoría: Locales

GERIÁTRICOS
Concientización

Se realizó una jornada de
concientización sobre la problemática del adulto mayor residente en hogares
geriátricos. PAMI y municipio asociados para mejorar este presente de los
abuelos.

«Se trata de difundir la temática en conjunto con PAMI, de la situación de
los abuelos que están en los geriátricos» asegura el Dr. Eduardo Iezzi, a
EcoDias. «Esto ha avanzado tanto y de una manera tan pobre en el sentido
del cuidado de los abuelos, queremos cambiar un poco el paradigma»,
apuntó.
La actividad cumplió con varios objetivos, por un lado presentar el equipo de
Fiscalización de la Oficina de Regulación de Establecimientos Geriátricos
dependiente del municipio. Posteriormente, dos profesionales de la salud
brindaron charlas. «La licenciada Romina Paolucci abordó la salud
psicológica de los adultos mayores que viven en geriátricos y la licenciada
Liliana Ciaccio de PAMI, el abordaje familiar para las personas que van a dejar
a un abuelo en un geriátrico. Lo que queremos dejar en claro es que antes de
dejarlo es necesario preguntar y recorrer el lugar, los baños, la cocina, todo
hay que mirar porque adelante donde hay dos o tres sillas y una mesa y donde te
atienden muy bien puede ser una barbaridad y puede ser un paraíso y atrás está
el infierno». Las disertaciones fueron la excusa para atender y debatir
las problemáticas que giran entorno a los adultos mayores y su residencia en
geriátricos.

Expectativas

«Qué podemos hacer antes que el abuelo llegue al geriátrico, qué otros
medios, qué otras profesiones pueden coadyuvar con esto para que podamos dar
una mano antes que entre al geriátrico, una vez que esté en el geriátrico ver
cuáles son los distintos tipos de habilidades que tiene cada abuelo para que no
se quede todo el día mirando televisión o durmiendo arriba de una mesa. No lo
podes encerrar en un geriátrico y que se pase toda la vida ahí», opinó el
médico, impulsor del evento y encargado de la oficina municipal. «Cuando
uno quiere que a nuestros padres los atiendan con mucho amor y mucho cariño y
que ellos sigan teniendo una vida, una vida útil. Ellos tienen sus habilidades,
sus talentos, por ejemplo un zapatero, un sastre, toda esa gente no se puede
desperdiciar toda esa experiencia. Antes la palabra del abuelo, el ejemplo del
abuelo y nos sentábamos a la mesa y escuchábamos lo que tenía para decir, eso
va quedando y era parte del futuro. Eso no se puede desperdiciar y que muera
dentro de un geriátrico».
Los cambios de mirada respecto a los adultos mayores están cambiando desde hace
un tiempo, se los ha revalorizado en sus derechos y se han abierto espacios de
estudio, de socialización y atención. «Una de las cosas lindas que
habíamos pensado que cada una de las personas que tenían un oficio hagan algo,
y después presentarlo en la feria de los artesanos. Ellos se van a sentir
reconfortados y dignificados como seres humanos».

Geriátricos locales

La municipalidad cuenta con un listado de los establecimientos públicos y
privados habilitados en su página web: www.bahiblanca.gov.ar. «Hay muchos
geriátricos que están sin habilitar, que se ha tomado como costumbre que toman
dos o tres abuelitos y después cada vez más, doce o quince», reflexionó
Iezzi, «y muchos de esos llegan sin las enfermeras necesarias, sin el
médico que debe controlar y estar una vez por semana mirando las historias
clínicas. En realidad, de los que hemos visto nosotros y ya llevamos 150
visitados, unos 30 o 40 están para habilitar pero los demás no, muchos de ellos
tienen la habilitación con la ley anterior. Con la nueva ley hay mayores
compromisos, hay que adaptar instalaciones, por la situación económica muchos
no quieren hacerlo y miran para otro lado».
La habilitación de los geriátricos corre por cuenta de Región Sanitaria, ente
provincial. «Ahora vamos hacer una nueva pasada. No queremos llegar a la
clausura porque eso es un dilema para nosotros, para los familiares, cuando
hemos clausurado porque siempre quedan desamparados dos o tres abuelos.
Queremos que los lugares se pongan al día, que sigan funcionando pero bien, con
todas las de la ley» cerró.

CONSULTAS

Para solicitar asesoramiento y orientación sobre los geriátricos de la ciudad
es posible dirigirse a Chiclana 449 o realizar consultas al teléfono 5506030.
También es posible realizar averiguaciones sobre habilitaciones y fiscalización
según Ley Provincial 14263 y el Decreto 1190/12. «Cuando la gente viene a
la oficina les aconsejamos cuáles están en mejores condiciones, están
habilitados» dijo el Dr. Iezzi. La oficina atiende lunes, miércoles y
viernes de 8 a 12 horas.

LEY ACTUAL

La reglamentación vigente desde el año 2011 es la ley N° 14263, que destaca en
el artículo 6 las responsabilidades de los titulares de los geriátricos:
a) Proveer en la atención de los residentes todo lo referente a la correcta
alimentación, higiene, seguridad con especial consideración de su estado de
salud.
b) Requerir el inmediato auxilio profesional cuando las necesidades de atención
de los residentes excedan la capacidad de tratamiento del responsable médico.
c) Poner en conocimiento del respectivo familiar y/o de la autoridad judicial
competente, a los efectos de proveer a su curatela.
d) Establecer las pautas de prestación de servicios y de convivencia, que serán
comunicadas al interesado y/o a su familia al tiempo del ingreso.
e) Promover las actividades que impidan el aislamiento de los residentes y
propicien su inclusión familiar y social, en la medida de que cada situación
particular lo permita.
f) Mantener el estado del correcto funcionamiento de las instalaciones,
conservación del edificio y equipamiento, así como también procurar que las
instalaciones produzcan las características de un hogar confortable, limpio y
agradable.
g) Respetar la calidad de los medicamentos de acuerdo a recetas archivadas en
legajos, y llevar un legajo personal por residente, donde se adjunte el
correspondiente certificado de salud al momento de su incorporación y registre
el seguimiento del residente, control de atención, consultas médicas,
medicamento que consuma y toda la información que permita un control más
acabado de la relación establecimento-residente.
h) Ejercer el control del desempeño del personal afectado al cuidado de los
ciudadanos residentes.
i) Contratar un servicio de emergencias médicas para el traslado de los residentes
en caso de urgencia y/o emergencia. En aquellas localidades donde no existiere
el servicio se deberán tomar los recaudos para cubrir adecuadamente las
necesidades del establecimiento.

TIPOS DE GERIÁTRICOS

El decreto 1190/12 establece las categorías de los geriátricos, un dato a tener
en cuenta de acuerdo a las necesidades de nuestra persona adulta y su condición
física en cuanto a las posibilidades de independencia o limitaciones.

Categoría A. Residencia para adultos
mayores
Estos establecimientos están destinados a los adultos mayores que no
requieran internación en otro tipo de establecimientos asistenciales. Las
actualizaciones de las historias clínicas se harán en forma semanal y será
diaria la concurrencia del médico a cargo de la atención de los residentes. En
ningún establecimiento de este tipo se podrá realizar atención médica de
patologías agudas, sino solamente aquellas que a criterio del médico de
cabecera puedan ser manejadas en el establecimiento.
Esta categoría incluye a las residencias para adultos mayores de baja
complejidad, con autovalidez o dependencia media y residencias de alta
complejidad, quienes pueden albergar los tres tipos de dependencias.

Categoría B. Hogar para adultos mayores
Se encuentran destinados a la alimentación, control y mantenimiento de la
salud, higiene y recreación ambulatoria de adultos mayores con autovalidez o
dependencia media. El objeto de estos establecimientos donde el residente podrá
permanecer desde las 7 hasta las 21 horas, es evitar prolongadas internaciones
a fin de impedir la desvinculación del mismo de su núcleo familiar.
Esta clase de establecimientos deberá ocupar en exclusividad el terreno en que
se asiente, no admitiéndose que el edificio destinado al mismo sea ocupado por
cualquier otra actividad a excepción que el Hogar de Día quiera habilitarse
dentro de un Hogar Geriátrico o en entidades de bien público. En dicho caso,
podrán compartirse en el mismo, servicios generales tales como cocina,
vestuarios del personal y dependencia destinada a administración y archivo de
historia clínica debiendo los demás sectores ubicarse en forma tal de lograr un
fácil acceso desde el exterior evitando el tránsito a través de zonas de
internación del establecimiento.

Categoría C. Hogar sustituto para la
tercera edad
Son casas de familia que podrán alojar, en forma permanente o transitoria,
hasta cuatro adultos mayores con autovalidez o dependencia media, a los fines
de su alimentación, higiene y recreación dentro de un marco de contención
familiar que promueva su bienestar psico-físico. El sentido de este tipo de
establecimientos es que funcionen como un auténtico hogar. Si el nivel de
autovalidez variara, es decir, se convirtieran en adultos mayores con
dependencia media o total, deberán ser derivados a un establecimiento que cubra
sus nuevas necesidades.

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2016-10-31 00:00:00
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