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Recuadro nota de plan de recupero de deuda

Recuadro nota de plan de recupero de deuda

Ordenanza 12.633
Esta ordenanza es la que autoriza al municipio a la instrumentación del
«Plan Solidario y Participativo de Cobro de Deudas e Inversiones en Bienes
y Servicios Públicos». En ella se encuentra detallado de qué manera se
dispondría de los ingresos de dicho plan.
El artículo 2º señala: “Dispóngase que los ingresos provenientes del «Plan
Solidario y Participativo de cobro de Deuda, se asignen de acuerdo al
siguiente detalle: a- El sesenta por ciento (60%) ingresa al Cálculo de
Recursos, destinándose al financiamiento de obras de infraestructura y al
sostenimiento y mejora de los servicios públicos que presta el Municipio,
en un todo de acuerdo con el Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2004.
Dicha afectación presupuestaria tendrá una distribución proporcional a lo
recaudado en cada sector donde se originan los ingresos… b- El cuarenta por
ciento (40%) restante se aplicará a Obras de Infraestructura que el D.
Ejecutivo considere conveniente realizar, en un todo de acuerdo con el
Presupuesto de Gastos para el ejercicio 2004”.
A su vez el artículo 3º expresa que “el D. Ejecutivo conformará comisiones
con el propósito de consensuar y establecer el orden de prioridades de las
obras en cada sector, las que estarán integradas por un representante del
D. Ejecutivo Municipal, dos concejales, el Delegado Municipal, las
Sociedades de Fomento y el Consejo Vecinal de la zona que corresponda. El
orden de las prioridades de las obras a ejecutarse de acuerdo al artículo
2º inciso b) deberá ser elaborado conjuntamente entre el D. Ejecutivo y el
H. Concejo Deliberante” (Fecha de Sanción: 13 de mayo de 2004).

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2011-10-25 10:11:13
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