Tucho, según su apodo familiar, o el Loco de la Guerra, como lo llamaban sus camaradas porque no sólo andaba con un portagranada en forma constante sino también con una pistola de dotación y pistola ametralladora terciada con sobaquera, tiene 55 años, nació en la ciudad cordobesa de Río Cuarto y está imputado por haber formado parte del plan criminal -clandestino e ilegal- implementado para secuestrar, torturar, asesinar y producir la desaparición de personas, utilizando la estructura orgánica de las fuerzas armadas y las de seguridad a ellas subordinadas -federales y provinciales-.
Su participación en los hechos fue como subteniente de Infantería asignado al Regimiento 25 de Colonia Sarmiento (Chubut), revistiendo en esta jurisdicción desde el 22 de noviembre de 1975 hasta el 15 de octubre de 1977 en comisión en el Comando V Cuerpo de Ejército, donde integró
Según declaró ante el juez y los fiscales Hugo Cañón y Antonio Castaño, Méndez comenzó 1976 siendo seguridad personal del comandante del V Cuerpo y negó haber trabajado en
El represor sostuvo respecto al centro clandestino de detención que su existencia era de conocimiento público, su acceso estaba vedado, que el personal detenido se entregaba en
Al ser consultado acerca de personas embarazadas detenidas en
Distinguido entre la patota
Puede leerse en la resolución que una de las funciones de la división a cargo de Ibarra, formada con cuadros traídos de otras jurisdicciones, era la realización de operativos antisubversivos como reconoció el entonces jefe de
Si bien orgánicamente Méndez no pertenecía a
La primera de las distinciones se le otorgó por su participación en el operativo militar que culminó con los asesinatos de Daniel Hidalgo y Olga Silvia Souto Castillo en Fitz Roy 137 el 14 de noviembre de 1976.
Méndez, al igual que otros represores, aseguró que actuó en respuesta a la resistencia de la pareja ante la intervención de la patota producida luego de escuchar una explosión mientras mateaba con un grupo de suboficiales que encontró al pasear por el lugar durante su franco.
Las pericias médicas demostraron que las víctimas fueron acribilladas y sufrieron graves quemaduras -lo que les impidió defenderse- y se evidenció que no se incautaron armas o explosivos, por lo cual el operativo fue dirigido directamente a su eliminación.
La segunda medalla sirvió para probar su participación en el asesinato de Patricia Acevedo, hecho con características comunes a los de Hidalgo y Souto Castillo.
Por último, el magistrado puntualizó en la intervención de Méndez en el blanqueo de detenidos de
Más allá de lo dicho, Álvarez Canale procesó al represor por la privación ilegítima de la libertad y las torturas de sólo seis de los doce chicos de
Al procesamiento por ese caso, se le sumó el referido a las ejecuciones de Hidalgo, Souto Castillo y Acevedo. Por otro lado, el magistrado dictó la falta de mérito a Méndez por 70 hechos -contando los corregidos posteriormente- dentro de los cuales se encuentran los hijos de Graciela Romero de Metz y María Graciela Izurieta.
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