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Más palos en las ruedas para cooperativas y mutales
Se conocieron los nuevos requisitos que el Banco Central y la Unidad de Información Financiera solicitan para la operatoria de las cooperativas y mutuales.

Se conocieron los nuevos requisitos que
el Banco Central y la Unidad de Información Financiera solicitan para la
operatoria de las cooperativas y mutuales.

Mediante resolución el Banco Central y la Unidad de Información financiera
(UIF), se informaron los nuevos requisitos que las Cooperativas y Mutuales
deberán cumplir como para la operatoria en el banco cooperativo. Se trata de
una medida que rige a partir del 22 de junio y perjudica todo el sector
cooperativo debido a que no distingue figuras, según expresaron desde la Confederación
Nacional de Cooperativas de Trabajo (Cnct).
“Es otra medida que sin dudas perjudica al sector cooperativo. No solo nos
vemos afectados por los aumentos de tarifas en los servicios públicos, la suba
en los costos de producción y la caída del consumo interno sino que también hay
trabas legales y burocráticas de parte del Estado como es el pedido de estos
nuevos requisitos”, afirmó Christian Miño, presidente de la Cnct al recibir las
notificaciones.
A partir de la fecha establecida, además de la documentación requerida para
operar en el banco, exigida a toda empresa, ahora se suma el Formulario 4174
“Mutuales – Cooperativas – Depósito de Cheques por Toda Actividad Declarada” -a
través del cual las cooperativas y mutuales declararán que tipo de depósito de
cheques efectuarán en sus cuentas-, el formulario 4175 “Mutuales – Cooperativas
– Depósito de Cheques sólo por Operatoria Comercial”. Éste formulario deberá
ser integrado por las cooperativas y mutuales que únicamente depositen en su
cuenta cheques propios de la actividad que realizan.
Además, es necesario que se presente: impresión del sitio web del Instituto
Nacional de Economía Social (Inaes) en donde se demuestre su condición de
entidad activa, certificación emitida por contador público y certificada por el
Consejo (salvo que el Contador sea el mismo que firma el balance entonces no se
requerirá la certificación por parte del Consejo), donde detalle y acredite la
existencia de libros de acta de: Asamblea, del Órgano Directivo o Consejo de
Administración según corresponda, de Registro de Asociados, de Actas de la
Comisión Fiscalizadora, además de libro Diario, Mayor, Caja, Inventario y
Balance según corresponda, indicando su fecha de rubrica y última foja
utilizada consignado su fecha.
En el caso de las Cooperativas y Mutuales que tengan menos de un año desde su
inscripción, sólo se requerirá la copia del acta constitutiva y estatuto
presentado ante el Inaes y copia certificada del registro de socios o asociados
firmado por el Representante Legal y, si la entidad depositara cheques, este
registro también deberá presentarse en formato digital (Excel), con los
siguientes datos mínimos: denominación, Cuit, número de asociado y fecha de
ingreso.
Por su parte, para ante cada depósito de cheque que se realice en el Banco
Cooperativo, todas las cooperativas y mutuales, deberán integrar el nuevo
Formulario 4176 “Mutuales – Cooperativas – Detalle de Cheques Depositados”, en
el cual se detallarán los datos del asociado y de los cheques y se establece
cuál es la operatoria asociada vinculada al depósito.

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2016-09-12 00:00:00
Etiquetas: Economía social.
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