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Defensa del régimen público

Estuvo en Bahía la secretaria de Interior de la Asociación del Personal de Organismos de Previsión Social, Miriam Cáceres Quijano, presentando las conclusiones del III Congreso Previsional Argentino “íntimamente ligado a la libre opción jubilatoria para todos los trabajadores”.
Durante su visita, aseguró a EcoDias que “en febrero se sancionó en el Congreso de la Nación la Ley 26.222 que propicia reformas al actual régimen jubilatorio. Reformas sustanciales que tienen que ver justamente en qué régimen de jubilación el trabajador va a aportar: si va a seguir haciéndolo en una administradora de fondos de pensión, las famosas AFJP, que demostraron resultados absolutamente negativos hasta el presente, o si van a seguir aportando al Estado, o volver al Estado aquellos que hoy se dan cuenta que sus aportes han sido mal administrados”.
“La ley 24.241 -ley madre del actual sistema integrado de jubilaciones y pensiones- tenía un artículo que propiciaba que los trabajadores fueran exclusivamente al régimen de capitalización. Como esta ley se sancionó durante la década menemista con imperio del modelo neoliberal, se redactó tratando de fortalecer el mercado de capitales y no previendo la función máxima de la seguridad social que es garantizar una jubilación digna al trabajador en su edad pasiva”.
En este sentido Cáceres recordó que los trabajadores indecisos eran automáticamente sorteados para ingresar en alguna AFJP del régimen de capitalización. “De los 11 millones de afiliados que hoy tienen las administradoras privadas, el 48% fue pasado como indecisos y otro porcentaje muy alto fue pasado compulsivamente por los empleadores a este sistema condicionando el futuro de la edad pasiva de los empleados”.

Cambios
A partir del 1 de abril y hasta el 31 de diciembre los trabajadores que ingresen al mercado laboral deberán optar por uno de los sistemas previsionales llenando un formulario que se puede obtener en la web de ANSES o en alguna de sus sedes, en el correo o el municipio. En caso de no decidirse será inscripto en el régimen público.
La reforma se concretará en enero de 2008 y prevé, entre otras cosas, la unificación del valor del aporte en 11% en cualquiera de los sistemas, el aumento del límite salarial para el cálculo del aporte personal de 4.800 pesos a 6.000 y se establece la posibilidad de un recambio cada cinco años, salvo que resten menos de diez años para la edad de retiro.
Además, en casos donde los trabajadores no registren aportes en su cuenta por pérdida del empleo o por evasión de los patrones, el sistema público reconoce para otorgar el beneficio la real prestación del servicio: “Si el trabajador figura en los libros, si fue declarado, esté hecho el aporte o no, lo mismo obtiene el beneficio”.

Ventajas del régimen público
“El mayor sustento moral y ético que tiene es la solidaridad intergeneracional. Los trabajadores de hoy son los que sustentan las jubilaciones. Si todos estuviéramos en el régimen público hoy, si no se hubiera hecho la reforma del 94, el sistema no habría estado tan desfinanciado y seguramente las jubilaciones actuales serían sustanciosamente mayores”, dijo Cáceres.
Respecto a los interesados en instalar la idea de que el Estado no va a soportar el nuevo sistema, la gremialista recordó que con la reforma del siniestro dúo Menem-Cavallo el Estado “perdió muchos millones de pesos que después tuvieron incidencia máxima en la deuda pública argentina porque las administradoras debían garantizar la seguridad de esos fondos y terminaron invirtiendo y prestándole plata al mismo Estado y que después ‘defaulteó’ esos aportes, y los trabajadores perdieron el 75% de los aportes reales”.

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2007-03-24 00:00:00
Etiquetas: Bahía Blanca.
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