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AUMENTOS EN LA FACTURA DE EDES

AUMENTOS EN LA FACTURA DE EDES
A la luz de las velas

Un aumento imperceptible del 20 % en pleno invierno. Uno magnánimo de
casi el 30 % retroactivo a octubre de 2008. Castigos pero ningún premio y
grotescos impuestos. Todo esto en su próxima boleta de luz.

Este verano no dio tregua con las temperaturas. Hubo sensaciones
térmicas de hasta 47 grados y la lluvia brilló por su ausencia.
Las calles eran hornos y las viviendas pequeñas calderas donde el calor
entraba, pero no salía ni con la fuerza de los cálidos soplidos que emitían
los ventiladores.
Distinta fue la situación de quienes cuentan con un equipo de aire
acondicionado, que no sólo mitiga el calor, sino que llega a crear un
microclima dentro de la casa, al punto de tener que apagarlo para no pasar
frío. Quizás este frío se vaya cuando los consumidores de energía eléctrica
de la Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A. (EDES S.A.) reciban sus
próximas boletas.
Varios factores inciden en los montos que están llegando a los hogares
y empresas con aumentos de hasta el 300%, aunque bien vale aclararlo esto
es sólo el comienzo.
“Lo que hace el costo elevado del servicio de energía eléctrica son los
elementos que tienen que ver con decisiones del gobierno como el caso del
PUREE, en materia impositiva con las leyes provinciales y los decretos
nacional que también cargan la boleta, y los dos aumentos que se han
anunciado. Todo esto engrosa la boleta”, expresó el dr. Diego Aldacour,
titular de la Oficina Municipal de Información al Consumidor.

El PUREE
Empecemos a entender esto del aumento de la luz. Cuando hablamos del
PUREE (Programa de Uso Racional de la Energía Eléctrica) nos referimos a
una medida del gobierno que implica premios y castigos a los consumidores,
y que se otorgan en función del aumento o la disminución del consumo en
relación con el mismo periodo de facturación, en años anteriores. Esta masa
de dinero la cobran las empresas.
“El PUREE compara el mismo periodo de hace 4 años atrás. Si el consumo
es menor se registra un descuento, el cual hasta ahora no hemos visto, y si
el periodo es mayor, se cobra un ‘castigo’ que implica un monto extra, al
que encima se le aplican los impuestos, por lo tanto la suma aumenta
considerablemente”, manifestó Aldacour refiriendo a la medida nacional al
tiempo que calificaba el mecanismo como “irracional, porque tomar como
referencia un periodo de 4 años atrás y compararlo con la actualidad, es
ilógico. El consumo aumenta pero no irracionalmente, sino porque la persona
se casó, tuvo hijos, terminó de construir su casa, pudo comprarse una
computadora, u otros equipamientos y lógicamente el consumo le aumenta. De
las denuncias no tuvimos ni un solo caso donde pudiéramos decir que el
servicio se utiliza irracionalmente”.
Cuando se trata de usuarios nuevos, por caso el alquiler de un
departamento, el primer año no se aplica el programa.

Impuestos con destinos inciertos
Otro de los componentes que abultan el monto de la boleta son los
impuestos, que son de hace más de 30 años, y cuyos destinos se han
desvirtuado.
A continuación hacemos una breve descripción de las leyes nacionales y
provinciales que figuran en la boleta, sus porcentajes y utilizaciones.
La Ley Provincial 11.969 art. 72 bis 0,60% y la Ley Provincial 11.969
art. 72 ter. 6,00% son original y revisión de la misma ley. Establece que
las empresas distribuidoras de energía abonarán el 0,6% y 6%
respectivamente a la provincia de Buenos Aires y a las municipalidades. Es
calculado sobre sus ingresos brutos, pero la empresa está autorizada a
trasladar esa obligación al usuario.
La Ley Nacional 23.681 0,60%, es de 1989 y está destinada al desarrollo
energético de la sureña provincia de Santa Cruz. De este impuesto se
recaudan alrededor de $ 30 millones por año, aunque en realidad indica que
este dinero no llega actualmente a Santa Cruz. Hace varios años que se
desvía al presupuesto general.
Por otro lado, la Ley Provincial 7290 es un decreto-ley que establece
un fondo de desarrollo energético para la provincia de Buenos Aires, del
año 1967, es decir, hace 40 años. Es un importante monto del 10% sobre el
valor del consumo.
La Ley Provincial 9038 es también un decreto ley, del año 1978, y es
más curioso aún porque destina el fondo al desarrollo de la laguna “La
Brava”, una laguna que está ubicada entre Mar del Plata y Balcarce. En
principio se estableció para una estación de bombeo en la laguna y no se
cumple desde 1980. Hoy la laguna tiene un gran desarrollo pero no producto
de este fondo, que nunca llegó, sino en base al progreso de ese lugar. En
el comienzo lo manejaba la Dirección de Energía Eléctrica y después pasó al
presupuesto general y se destina a otras cosas.
Respecto a la Ley Provincial 11.769 RES 665 5%, esta reglamentación
crea el “Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias” establecido en un 5
% aplicado al consumo de energía.
“Estamos pagando impuestos antiguos, con objetivos desvirtuados, o como
el caso del PUREE que está pensado para satisfacer algunas demandas que ya
estaban contempladas en otros ítems en la boleta, por lo cual estamos
pagando dos veces para los mismos fines”, agregó Aldacour.

El “tarifazo”
Al PUREE y los impuestos hay que sumarle otro ítem: el “tarifazo”. Esta
serie de medidas nacionales incluyen el aumento de la tarifa y la
ampliación de las categorías de consumidores. El aumento por medio de las
modificación de las tarifas oscila entre el 21% y el 30%.
La ampliación es de 4 a 8 categorías. Esto se traduce en que al existir
más categorías, con un mínimo aumento del consumo, se pasa a una franja
mayor, que aumenta el valor del kw.
Teniendo en cuenta la época, el aumento del consumo y la utilización de
ventiladores o aires acondicionados, el consumidor sufre un aumento en su
tarifa que lo hace cambiar de categoría, por lo cual pagará el kw más caro,
y sumado a eso, se le aplicará el PURE comparándolo con el mismo periodo de
hace 4 años atrás.
Esta vez el aumento es del 30%, pero si miramos hacia atrás encontramos
que en agosto de 2008 hubo otro aumento del 20% que no se percibió porque
en esa época se usa mucho menos la energía.
 “Lo peor de esto es que el tarifazo recién llegó a facturarse en un
porcentaje mínimo de consumidores en Bahía Blanca, porque el proceso de
autorización, reglamentación, y aplicación de las nuevas tarifas y la
empresa lo carga al sistema y lo emite es largo porque debe ser
cuidadosamente facturado para evitar errores de parte de la empresa. Hasta
ahora en la OMIC hubo solo 10 denuncias por el tarifazo, todavía no llegó
lo peor”.
Pero los problemas no comenzaron a partir de este mes: el aumento trae
otra sorpresa. Es retroactivo al mes de octubre de 2008. Esto significa que
se aplica desde hace 4 meses, pero que a partir de ahora los consumidores
empezaran a pagar en las próximas boletas en forma escalonada hasta cubrir
el monto del retroactividad que establece el “tarifazo”.
Así que cuando el repartidor le deje la boleta por debajo de la puerta,
ábrala preparado para lo peor, porque si es uno de los privilegiados
galardonados con el premio por haber consumido menos que años anteriores,
tendrá importantes descuentos. Ahora bien, si es otro más del montón que
pagará una abultada boleta de luz, no olvide revisar el valor del kw en el
periodo de referencia del año anterior y el periodo actual, la cantidad de
consumo en ambos periodos, y la diferencia entre los ambos, lo que
representará su PUREE. Ya que va a pagar nuevamente un aumento, al menos
sepa por qué.

De servicio, derechos y obligaciones
Ya nos dedicamos a los aumentos y calcular los que pagamos, ahora
veamos que tipo de servicio pagamos.
Una forma de analizar el servicio que presta la empresa es ver las
denuncias que ingresan a la OMIC: “En diciembre el reclamo más numeroso en
relación a la electricidad fueron los relacionados a los cortes de energía,
por la pérdida de mercadería y la falta del suministro”.
Vale aclarar que existe un contrato de concesión entre la empresa que
establece derechos y obligaciones para la firma y los consumidores.
Generalmente, las obligaciones recaen en los consumidores y los derechos
son propiedad de la empresa.
“Creo que el sistema no alcanza para abastecer a toda la ciudad, sobre
todo en época estacional donde hay mucho más consumo y el sistema no da
abasto. Si EDES realizaría los cortes programados y cumpliría con esto que
tiene como derecho, el sistema no se sobreexigiría, porque los cortes no
programados son mucho más perjudiciales porque implican rotura de redes que
cuestan mucho más y llevan mucho más tiempo”.
Hay que poner especial atención a la mala calidad del servicio,
especialmente con los cortes no programados, y el incumplimiento de la
banda de 220 voltios en algunos sectores de la ciudad y la no respuesta del
call center y la atención al público ante los cortes. Estos son parámetros
de calidad del servicio que prevé el contrato de concesión, el cual permite
solo 6 cortes de una hora de duración por año por usuario.
“Respecto a los 220 voltios hay barrios que no tienen esa calidad, que
no llegan a los 180, tienen 170 de promedio, incluso tenemos denuncias
colectivas de los barrios que confluyen en las calles Matheu y Rojas, hubo
una presentación colectiva de 3 barrios, que no reciben 220 y encima
tuvieron dos picos de sobrecarga eléctrica, picos de 380 voltios durante
toda la noche que le quemaron los electrodomésticos. Todo esto se debe a
una sobresaturación del transformador del sector”, reveló Aldacour.
Otro punto importante relacionado a los picos de tensión es la
responsabilidad de la empresa frente a las pérdidas materiales.
“En este sentido la empresa responde aceptablemente si se trata de un
electrodoméstico que se rompe, se ofrece el arreglo, aunque no la
reposición, pero si se adquirió uno nuevo hace 15 días y se quemó, la
empresa no lo considera”.
En caso de tratarse de mercadería perdida, la empresa no se hace cargo
de los daños, incluso ni se toman los reclamos.
La empresa se vale del principio de que el servicio es esencialmente
interrumpible, por lo cual el usuario debería prever la interrupción del
servicio. Si se eleva el reclamo por vía legal y se puede probar la compra
de la mercadería, es casi un hecho que se gane el litigio, aunque todo esto
tiene un costo elevado y lleva tiempo, por lo cual la mayoría de los
damnificados no continúa el reclamo y termina perdiendo.
“Aunque el servicio es interrumpible, también es prestable, por lo
tanto debe responder y brindarlo en excelentes condiciones, por eso creemos
que la empresa debe hacerse cargo de las pérdidas que sufren los
consumidores cuando no reciben el servicio en las condiciones que figuran
en el contrato”.

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2011-10-25 10:11:13
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