Un fallo de segunda instancia de la Justicia del
Chaco confirmó una prohibición inédita para las fumigaciones con agrotóxicos. Limita
las aspersiones con químicos a no menos de mil metros de las viviendas si el
método es terrestre, y a dos mil metros si es mediante métodos aéreos.
La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que revocó
una medida de primera instancia, dio la razón a vecinos de una arrocera que
denunciaron efectos nocivos del glifosato y del endosulfán, entre otros
químicos. La Justicia también hizo valer el principio precautorio (ante la
posibilidad de perjuicio ambiental irremediable, es necesario tomar medidas
protectoras) y remarcó que se debe dar prioridad a la salud de la población por
sobre la producción agropecuaria. La sentencia dio otro paso fundamental al
proteger los cursos de agua.
La Leonesa es una localidad de diez mil habitantes a 60 kilómetros de
Resistencia. Vecinos del barrio La Ralera denuncian desde hace ocho años el
efecto sanitario negativo de los agroquímicos utilizados en plantaciones de
arroz. Alertan sobre el incremento de casos de cáncer, las intoxicaciones y la
contaminación del agua. Apuntan al glifosato, endosulfán, metamidofos, picloran
y clopirifos, entre otros, químicos usados también en los cultivos de soja.
Laura Mazzitelli y Elio Servín son dos de los vecinos que denuncian las
fumigaciones. El hijo de Laura, Iván, padeció leucemia a los 2 años. Sufrió
ocho meses de quimioterapia y dos años de tratamiento en el Hospital Garrahan.
El hermano de Elio, de 30 años, sufrió una leucemia fulminante y falleció. Los
casos se repiten en el barrio, al igual que los niños con malformaciones. Los
médicos le preguntaron a Laura si vivía cerca de cultivos con uso de
agrotóxicos. Y todas las miradas apuntaron a las arroceras San Carlos y Cancha
Larga, de tres mil hectáreas.
En enero de 2010, los vecinos presentaron un recurso de amparo contra las
arroceras, las municipalidades de La Leonesa y Las Palmas, el gobierno
provincial y nacional. Solicitaron el cese de las fumigaciones, la
relocalización de los arrozales y se protejan las fuentes de agua, muchas de
las cuales proveen a los habitantes.
El Juzgado Civil y Comercial 14 de Resistencia hizo lugar a la medida cautelar
y prohibió las fumigaciones a menos de mil metros de las viviendas (si las
pulverizaciones se realizaban vía terrestre) y dos mil metros si eran aéreas.
Nunca un fallo había extendido tanto el límite para fumigar y, en un hecho sin
precedentes, también prohibió fumigar en cercanías de cursos de agua.
Primacía de la vida
Éste fue el primer fallo en Chaco de este tipo. Pero fue apelado por las
arroceras. En septiembre la medida fue flexibilizada por el mismo tribunal: se
redujo el límite a 500 metros y se permitió fumigar sobre cursos de agua. Los
argumentos centrales fueron un estudio de impacto ambiental aportado por la
empresa (no intervinieron organismos técnicos independientes) y un escrito de
la Dirección de Epidemiología del Chaco (dependiente del Ministerio de Salud),
que había minimizado los casos de pacientes con leucemia. Los vecinos apelaron
la medida.
La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, en el
primer fallo provincial en segunda instancia sobre fumigaciones, retrotrajo la
medida a junio de 2010 y dejó claro cuál debe ser la prioridad del Poder
Judicial entre la salud de la población y la producción agropecuaria: “No se
puede modificar la medida cautelar otorgada (que protegía a los vecinos) dando
primacía a la productividad económica por sobre los riesgos que implican para
la salud y la vida de las poblaciones”.
También cuestionó las pruebas que permitieron la flexibilización de la medida
en primera instancia: “Entendemos que el estudio de impacto ambiental elaborado
por una de las partes (las empresas) debió haber sido sometido a otra
evaluación por parte de organismos oficiales e imparciales”, remarcó la
sentencia.
En cuanto al escrito favorable a las empresas presentado por el director de Epidemiología
provincial, Mario Echevarría, la Cámara dictaminó: “Le asiste razón al
recurrente (los vecinos) cuando sostiene que la prueba (el escrito) carece de
relevancia como postulado de verdad”. Los jueces desisten llamar investigación
o informe a lo presentado por la dependencia oficial, la califican como
“opinión”. Y retomaron como letra válida la Ley General del Ambiente (25.675),
cuya aplicación es solicitada desde hace tiempo por poblaciones contaminadas,
sobre todo en cuanto al principio precautorio.
En primera instancia, desde abril de 2010, la Justicia había ordenado al
Ministerio de Salud de Chaco a realizar controles médicos cada 60 días a la
población cercana a las arroceras. El fallo de segunda instancia afirmó: “No se
ha dado cumplimiento por parte del Ministerio de Salud respecto del control
médico de la población vecina de los establecimientos arroceros, con el fin de
constatar el estado de salud de la misma”.
En abril de 2010, un informe oficial de la Comisión de Investigación de Contaminantes
del Agua del Chaco reveló que, en sólo una década, los casos de cáncer en niños
se triplicaron y las malformaciones en recién nacidos aumentaron 400 por
ciento. Los casos de cáncer estaban focalizados justamente en La Leonesa. Fue
la primera vez que un ámbito oficial elaboró estadísticas de ese tipo, en base
a datos de los hospitales públicos. Nunca fue presentado oficialmente, pero
trascendió a los medios en junio pasado.
(…)
Amenazas en las arroceras
Las arroceras San Carlos y Cancha Larga tienen como cara visible a Eduardo
Michtry. El intendente de La Leonesa es José Carbajal y su esposa y diputada
provincial, Elda Insaurralde. El apoyo mutuo es vox populi en la localidad y
quedó explicitado el sábado 7 de agosto de 2010, cuando los científicos Andrés
Carrasco y Raúl Horacio Lucero fueron amenazados, retenidos dentro de un auto y
privados de dar una charla en la Escuela 35 de La Leonesa. Las filmaciones y
fotos muestran a trabajadores de las arroceras, municipales y al intendente
entre la patota. Una decena de asistentes fueron golpeados, entre ellos el ex
subsecretario de Derechos Humanos Marcelo Salgado y el diputado de Libres del
Sur, Carlos Martínez.
“Fuimos amenazados, golpeados, descalificados como ciudadanos y personas. Nos
dijeron ‘cuiden a sus hijos, conocemos dónde viven’. Responsabilizamos al
gobierno provincial de cualquier hecho que pueda sucederles a nuestras
familias”, advirtieron en una carta abierta los vecinos de Las Palmas y La
Leonesa. Aclaran que la violencia no cesó. “Hay vecinos que son asediados en
forma constante por personas del entorno del intendente”, afirmó la asesora
legal de la Red de Salud Popular, Alejandra Gómez, que acompaña a los vecinos
en sus acciones.
Elio Servín vive hace 50 años en la zona. Es docente, padre de dos chicos y
hermano de un joven de 30 años fallecido por leucemia. El 14 de enero fue
cruzado por una camioneta de donde partió un mensaje claro: “Cuidate porque vas
a desaparecer”. Denunciaron el hecho en la Legislatura provincial, la Subsecretaría
de Derechos Humanos y el Ministerio de Gobierno. “Por cualquier daño que sufran
los vecinos denunciantes, sus familiares y sus bienes se hará responsable al
poder político y al empresario arrocero”, advirtieron los vecinos.
Fuente: Ecoportal.net
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