Se comprobó el vertido de mercurio en niveles no permitidos al canal común del Polo Petroquímico que deriva a la ría local. Así, Solvay Indupa deberá pagar una multa de más de 20 mil pesos por contaminar cursos de agua. Además, fue intimidada para que presente un plan de readecuación respecto al tratamiento de sus efluentes.
Finalmente, y aunque parezca mentira, un día la historia cambió. Un poco, al menos. Se verificó la sospecha que tiene cada vecino que levanta su mirada hacia el mar en esta ciudad sureña: una de las empresas del Polo Petroquímico contamina. En este caso, la protagonista vuelve a ser la firma Solay Indupa sobre la cual recayó una resolución de la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires por contaminar con mercurio, medida administrativa confirmada por el Tribunal Correccional nº 1 del doctor José Luis Ares.
Son 20.228,50 pesos lo que deberá pagar Solvay ya que se encontró la sustancia contaminante mencionada en el canal común del polo industrial que deriva finalmente a la ría de Bahía Blanca.
El hecho ocurrió en el mes de enero de 2009 cuando se realizó una inspección en la planta de Solvay y se extrajeron muestras del efluente. El análisis físico-químico posterior dio valores objetables en mercurio, exactamente 6.0 ug/l cuando lo permitido es 5 ug/l. A diferencia del aire que todos respiramos -que es de difícil demostración en lo que respecta a los niveles de contaminación que despierta temor en buena parte de la población-, la constatación sobre el líquido fue incontrastable.
Las muestras fueron tomadas por la Autoridad del Agua con presencia de una inspectora del Comité Técnico Ejecutivo y a partir de allí comenzó el camino que terminó en la condena a Solvay.
La sanción económica fue dispuesta por la Autoridad del Agua. El juzgado a cargo del dr. Ares lo que hizo fue confirmar ese fallo. Dada las características de la empresa y el daño medioambiental irreversible ocasionado, la cifra es de poca importancia económica. Por medio de su fallo, Ares explicó la imposibilidad de incrementarla: En cuanto a la sanción pecuniaria establecida por el órgano administrativo entiendo que debe confirmarse, aunque no puedo dejar de señalar que resulta exigua en comparación con las previstas para conductas atrapadas por otros tipos contravencionales menos graves y dañosos, y dado el poderío económico de la empresa (recuérdese que el Art. 21 del Código Penal establece como pauta para fijar el monto de la multa la situación económica del penado). Sin embargo, me encuentro imposibilitado de elevar el monto, dado que al existir sólo recurso de la firma imputada la ley impide que se modifique el fallo en su perjuicio, por aplicación del principio que prohíbe la reformatio in pejus (Arts. 434 y 435 del CPP). Textualmente. En la vida de todos los días, unos pocos minutos de producción bastarán para saldar la cuenta.
A readecuarse
La condena a Solvay excede lo meramente económico. El fallo indica otras cuestiones que son exigidas a la firma del Polo Petroquímica. Básicamente, tiene que ver con la readecuación del plan que tiene la empresa para el tratamiento de los efluentes que vierte. Esto intenta evitar nuevas situaciones como las ocurridas en 2009 cuando el mercurio de Solvay alcanzó la ría local con el grave perjuicio medioambiental para la vida marina y el eventual consumo humano de pescado.
La intimación sobre el plan de readecuación señala que se establece un plazo de 30 días para que la empresa lo presente ante el Departamento de Inspección y Control del Recurso de la Autoridad del Agua. En el fallo se explica que debe ser un plan que permita subsanar las desviaciones constatadas: descripción de los pasos técnicos, cronograma de tareas y nueva documentación técnica, en caso de corresponder con arreglo a lo normado en una serie de artículos de una resolución de la Autoridad del Agua. A la vez, se dejó en claro que en caso de reincidir o de no corregir las infracciones en plazo, se duplicará el valor de la multa impuesta.
Pasando en limpio, este plan que se exige no es más que solicitar que Solvay haga las cosas bien y cumpla con las legislaciones existentes. También es verdad que los $ 20.228,50 y el plan de readecuación parecen poca cosa dada la importancia de la contaminación y de que esta es una empresa que genera millones. Pero al menos sienta un precedente para que se empiecen a tener en cuenta que las normas están y hay que acatarlas.
Contaminar no siempre es gratis para las empresas y tampoco lo es para la comunidad toda que muchas veces lo paga no solamente con dinero, sino también con salud y calidad de vida.
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