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Sierra. Temblores y secretos
Hugo Mario Sierra volvió a adueñarse por segunda semana consecutiva del estrellato en lo que respecta a la actualidad de lo ocurrido en la Universidad Nacional del Sur (UNS).
Categoría: Derechos Humanos

La semana universitaria
giró, por segunda vez consecutiva, en torno a la figura de Hugo Mario Sierra.
Tras ser suspendido en sus actividades académicas, el letrado renunció para
evitar el Juicio Académico que se avizora en su horizonte, con los nombres de
Gloria Girotti y Néstor Montezanti en la cola de espera. Al cierre de esta
nota, la renuncia no había sido aceptada.
Por otra parte, la Fiscalía a cargo de Abel Córdoba apeló el fallo que la
semana pasada le otorgó la libertad y solicitó la recusación de su firmante, el
juez ad hoc Luis María Esandi, también docente de Derecho de la UNS.

Hugo
Mario Sierra volvió a adueñarse por segunda semana consecutiva del estrellato
en lo que respecta a la actualidad de lo ocurrido en la Universidad Nacional
del Sur (UNS). Quince días atrás, se recuerda, su nombre había comenzado a
circular cuando se supo de su decisión de no presentarse al concurso cerrado
con que obtendría la reválida al cargo de docente titular en Derecho Penal I,
una de las materias que dictaba desde hacía casi dos décadas. Con el
antecedente de la polémica desatada cuando Gloria Girotti pretendió acceder a
una reválida equivalente, es fácil imaginar las razones que llevaron a Sierra a
optar por mantener su discreto segundo plano.
Pese a ello, el letrado continuaría ligado a la UNS al estar al frente de la
asignatura correlativa, Derecho Penal II, cuyo nombramiento vencía en 2014.
Unos días más tarde, nuevamente ocupó las primeras planas al conocerse el
testimonio que el ex legislador provincial Mario Medina brindó ante el Tribunal
Oral en lo Criminal Federal que enjuicia a diecisiete represores, acusados de
gravísimos delitos de lesa humanidad ocurridos durante la dictadura bajo
jurisdicción del V Cuerpo de Ejército. El relato de Medina implicó a Sierra
como una de las personas que participó en interrogatorios bajo tortura
encabezados por el ex juez federal Guillermo Federico Madueño. Durante la
segunda mitad de la década del ’70, tanto Sierra como su colega Gloria Girotti
se desempeñaron como secretarios del ex magistrado, fallecido el año pasado.
La descripción brindada por el ex legislador peronista Medina complementó la
abundante prueba testimonial y documental contra Sierra que el fiscal Abel
Córdoba incluyó en cinco sucesivos pedidos de detención contra el letrado,
elevados al juez vitalicio Alcindo Álvarez Canale. Con ello a la vista, el
Tribunal integrado por los jueces Jorge Ferro, José Triputti y Martín Bava
ordenó la detención de Sierra y le transfirió al juez de instrucción la orden
de avanzar en el procesamiento del abogado y docente.
Sorprendentemente, Álvarez Canale optó por tomarse una licencia. Su
reemplazante natural, Santiago Martínez, se excusó de intervenir y, de este
modo, todo quedó en manos de un abogado que ad hoc tomó las responsabilidades
de juez. El expediente cayó en manos de Luis María Esandi, otro docente del
Departamento de Derecho de la UNS.
Esandi, tal como informó EcoDias en su edición anterior, dispuso la libertad de
Sierra y dio por válido el argumento utilizado por la defensa del imputado: que
el Tribunal no tenía potestad jurisdiccional para emitir una orden de detención
como la que recayó sobre el ex secretario de Madueño.

Cómo sigue la historia
Luego de conocerse la liberación del acusado, el fiscal Abel Córdoba
adelantó a EcoDias que se encontraba estudiando la posibilidad de presentar una
apelación a la medida. Finalmente, durante la semana pasada la presentación
formal llegó, acompañada además de un pedido de recusación hacía Luis Esandi
como magistrado ad hoc interviniente.
En el escrito elevado a la Cámara Federal de Apelaciones de nuestra ciudad,
Córdoba consideraba que “la resolución impugnada agravia a esta Fiscalía en
primer término por haber sido dictada por un juez ad hoc que al momento de su
intervención, se hallaba incurso en específicas causales de excusación”.
Argumenta, además que Esandi “dispuso la liberación de un imputado por crímenes
de Lesa Humanidad en base a una fundamentación aparente que no satisface la
exigencia cardinal del sistema republicano en cuanto las decisiones judiciales
deben ser fundadas, resultado de la aplicación razonada del derecho vigente y
de conformidad con las circunstancias de la causa en la que se dictan”.
Por otra parte, marca “la desatención absoluta de Esandi respecto a los motivos
dados por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esta ciudad para disponer
la inmediata detención de Hugo Mario Sierra a partir de la noticia de la
presunta comisión de un delito, en virtud de lo acontecido en una audiencia del
debate en curso”.
“Así, la resolución que se impugna omitió valorar y luego conjurar el riesgo
procesal configurado a partir de la permanencia en libertad del imputado, cuya
acusación se encuentra actualmente sin curso procesal, pues, voluntariamente y
abdicando de los deberes propios de su condición de magistrado Esandi, ante
presentaciones de Fiscalía y Querella decidió no adoptar resolución alguna
respecto a la imputación formulada a Hugo Mario Sierra, cuya situación decidió
sin fundamentos: “…poner a consideración del juez titular de la sede Dr.
Alcindo Álvarez Canale”, subraya.
“Es también agravio para esta Fiscalía la absurda valoración en que incurrió
Esandi al limitarse a considerar como únicos elementos probatorios en un
expediente judicial la documentación que obra en un juzgado, omitiendo evaluar
las contingencias de afectación al trámite de la causa, en orden a la posible
afectación de testigos, a la realización de maniobras de ocultación de material
obrante fuera de la sede del poder judicial, y en definitiva descartando -en
razón de aquella arbitrariedad- el sinnúmero de conductas que podrían
desplegarse en libertad a partir de vínculos personales y de la capacidad de
incidencia del imputado”, agrega.
En cuanto al argumento de incompetencia del Tribunal Oral en lo Criminal
Federal para dictar órdenes de detención como la que recayó sobre Sierra,
Córdoba indica en su escrito que “un
Tribunal Oral Federal reúne las condiciones exigidas por la Constitución Nacional
(Art. 18), en cuanto exige que la detención se decrete por orden escrita de
autoridad competente, que no es otra que la que directa o indirectamente tenga
asignadas funciones judiciales concretas”.

Esandi, el recusado
El
otro escrito elaborado por Córdoba dedica sus páginas a enumerar las razones
probadas por las cuales Esandi debería haberse excusado de decidir sobre la
situación del imputado Hugo Mario Sierra, lo que motivó el pedido de recusación
por parte de la fiscalía.
Tres hechos documentados ampliamente forman parte del corpus argumental con que
el fiscal subrogante Abel Córdoba fundamentó el pedido. Uno de ellos tiene que
ver con la propia UNS: en 2002, tanto Esandi como Sierra formaron parte de la
lista “Fundacional” que se presentó a las elecciones del Departamento de
Derecho de la casa de estudios por el claustro docente.
La coincidencia en ideas y proyectos entre el imputado y el abogado que ordenó
su liberación expresan una continuidad que se mantiene hasta el presente,
cuando ambos forman parte del grupo de autoridades del Colegio de Abogados y
Procuradores de nuestra ciudad. Esandi es vicepresidente primero del Consejo
Directivo y Sierra se desempeña como revisor de cuentas de la Caja de Previsión
bajo la órbita de la entidad. Los dos llegaron a sus respectivos cargos por
intermedio de la misma lista, denominada “Integración”.
Además, Esandi resulta el apoderado de la Sociedad Militar “Seguro de Vida”,
institución mutualista que administra los haberes de una larga lista de
represores a los que se acusa de formar parte de la misma asociación ilícita
por la que se imputa a Sierra. Incluso, la mencionada Sociedad Militar aconseja
a sus miembros cómo eludir posibles embargos judiciales a partir de sus
procesamientos.
Estos datos llevaron a “abonar el temor de parcialidad” sobre las decisiones de
Esandi en torno a la situación de Sierra y motivaron la presentación formal del
escrito de Córdoba para solicitar la recusación del magistrado ad hoc.

¿Y la UNS?
Como ha quedado dicho, Sierra dictaba hasta el cuatrimestre pasado dos
materias bajo la órbita del Departamento de Derecho de la UNS. Con el último
día de agosto, expiró su nombramiento al frente de la cátedra de Derecho Penal
I, al no haberse sometido a un concurso cerrado para obtener la reválida. Su
colega Gloria Girotti, también secretaria de Madueño durante la dictadura y
acusada por la fiscalía de los mismos delitos que se imputan a Sierra, había
ido por la suya en 2010. El Consejo Superior Universitario (CSU) le otorgó, en
polémica votación, el visto bueno a su continuidad, pero lo que no pudo evitar
fue obtener máxima exposición sobre sus antecedentes.
Pese a quedar desafectado de Derecho Penal I, al momento de su detención Sierra
seguía siendo docente de la UNS, al encontrarse afectado a la asignatura
correlativa, Derecho Penal II.
El mismo día en que se conoció la noticia de la detención del mencionado
abogado, el rector Guillermo Crapiste determinó suspenderlo de sus actividades
académicas. La resolución, que EcoDias reseñó en su última edición, salió ad
referéndum de la Comisión de Interpretación y Reglamento del CSU, que decidió
quitar del proyecto original elaborado por el rectorado el artículo que
disponía además el inmediato inicio del Juicio Académico al letrado. Esta instancia
es la que puede determinar la exoneración definitiva de la institución de un
integrante de la comunidad académica.
Unas horas más tarde, antes de que Sierra fuera puesto en libertad, la
Secretaría General del CSU envió una nota a cada una de las listas que lo
integran, con el objeto de convocar a una primera reunión interclaustros para
avanzar en la búsqueda de consensos que permitieran un rápido inicio del
enjuiciamiento académico a Sierra y sus colegas Gloria Girotti y Néstor
Montezanti.
Motivos para la destitución, a la luz de ampliamente probado por el fiscal
Córdoba e informado en ediciones anterior de EcoDias, sobran. Y todo lo narrado
se constituye en una infracción al segundo artículo del Estatuto de la UNS, tal
como quedó asentado en uno de los considerandos reunidos en el proyecto de
resolución que propiciaba el “no” a la continuidad de Gloria Girotti como
docente de esa casa, tema que el CSU trató en mayo pasado. El texto indicaba
que la actuación de Girotti en el
Poder Judicial durante la última dictadura cívico militar “no condice con los
objetivos fijados en el Art. 2º del Estatuto de la Universidad Nacional del Sur
como tampoco con los preceptos referidos a la formación democrática de los
alumnos y a las condiciones morales de los docentes, establecidos en normas
tales como el Estatuto Docente, la Ley 26.206 (de Educación Nacional) y la Ley
24.521 (de Educación Superior)”.
El mencionado segundo artículo del Estatuto de la UNS establece que
“la
Universidad tiene como fin la formación integral de sus miembros,
capacitándolos para el ejercicio de las actividades científicas y
profesionales, e inculcándoles el respeto a las normas e instituciones de la
Constitución Nacional”.
Está todo dicho. Máxime tratándose de dos abogados, uno de ellos penalista y
catedrático de Derecho Penal en la propia UNS, que aceptaba tomar declaración a
víctimas ilegítimamente detenidas, que presentaban signos de tortura y
comparecían ante un juez federal mientras sus captores los apuntaban con
fusiles.

El caso Montezanti
Abogado, camarista y escritor, Néstor Luis Montezanti es también docente
del Departamento de Derecho de la UNS y completa el tridente de miembros de esa
unidad académica vinculados a la dictadura, al menos entre los hasta ahora
relevados.
Su caso, sin embargo, es distinto de los de Gloria Girotti y Hugo Sierra pero,
desde el punto de vista institucional, más grave: entre enero de 1981 y junio
de 1982, Montezanti fue “asesor universitario” del Destacamento 181 de
Inteligencia del Ejército.
Eran, claro, tiempos de la última dictadura. Y los malos vientos que soplaban
en la economía nacional lo habrán obligado a buscarse otro “trabajito”. Sólo
que, en este caso, se trataba de un puesto como Personal Civil de Inteligencia
(PCI).
El dato se desprende del listado de civiles que participaron en tareas de
inteligencia que el Ejército Argentino desclasificó a partir de una orden
presidencial incluida en el cuarto decreto que la presidenta de la Nación
Cristina Fernández firmó durante el año pasado.
Aunque ningún cuerpo del cogobierno universitario ha pedido aún explicaciones a
Montezanti por las funciones que desempeñó durante el periodo antedicho, desde
el punto de vista institucional su actuación durante la dictadura es más grave
que la de los ex secretarios del juez Madueño, al implicar directamente tareas
de “asesor universitario”, según revela un listado de PCI firmado en 2010 por
el general de brigada César Milani, Director General de Inteligencia del
Ejército.



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2011-09-26 09:09:00
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