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Massot, el colaboracionista
A mediados de septiembre de 2022 la Fiscalía solicitó el procesamiento del empresario periodístico Vicente Gonzalo Massot por crímenes contra la humanidad.
Categoría: Derechos Humanos
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La Fiscalía insistió en que las publicaciones del diario durante los años de la dictadura cívico-militar fueron un llamamiento al exterminio. Indicó que La Nueva Provincia desarrolló una campaña mediática que consistió, entre otras, en la justificación de la eliminación de grupos sociales calificados como “subversivos”; en la exhortación a las fuerzas armadas a no declinar en la empresa de exterminio y a llevarla a cabo hasta las últimas consecuencias; en la negación del estatus jurídico de los grupos sociales perseguidos -al exigir la no observancia en su favor de la Convención de Ginebra y la aplicación de métodos no convencionales y de la pena de muerte-; en la incitación a la población a ocupar en rol activo en la eliminación de grupos sociales, cumpliendo con el deber de delación; y en el ocultamiento de las prácticas de secuestro, torturas, asesinato y desaparición de personas, mediante la presentación de los casos como muertes en enfrentamientos armados contra las autoridades públicas.


Incitación al genocidio

Los representantes del Ministerio Público Fiscal citaron algunas expresiones que abundan en las publicaciones del diario, tales como “es preciso ganarles la guerra. Y ésta debe librarse en todos los campos donde se presente, sin descanso, ininterrumpidamente, hasta tener certeza de que han sido aniquilados”, escrita en la edición del 25 de abril de 1976 bajo el título de “¿Sólo una Guerrilla? No Deambulemos en el Quietismo Que es Antesala de la Derrota”.

En su dictamen, la fiscalía señala que adoptó los estándares establecidos por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda para la imputación del crimen de instigación al genocidio, así como el precedente del Tribunal de Núremberg respecto a responsables de propaganda nazi.

Los fiscales citaron además una nota publicada en la edición del 2 de febrero de 1976 con el título “¡Argentinos, a las Armas!”: “Al enemigo hay que combatirlo con sus propias tácticas, sin concesiones, treguas ni cortapisas, sin pedir permiso ni andarse con contemplaciones respecto de lo que se hace o lo que se hará. No salvan a la Nación, por cierto, quienes viéndola en peligro y desfalleciente siempre encuentran tiempo para especulaciones de baja politiquería acerca de si caben o no medidas no convencionales frente a la agresión aleve del enemigo. No pueden existir concesiones de ningún tipo cuando la Nación está en peligro”.

Otra publicación que citaron es un editorial del 27 de septiembre de 1976, titulado “El país está en guerra. De hecho, entonces, los argentinos tienen un enemigo”. Allí dice: “El enemigo está en cualquier parte. La subversión ideológica trabaja subterráneamente y, por eso, la mayoría de la gente no la ve”. Y agrega: “Sabemos cómo son nuestras Fuerzas Armadas y tenemos plena confianza en su sentido del deber y la responsabilidad. A través de las notas anteriores hemos dibujado una radiografía del enemigo con el propósito de que la ciudadanía lo reconozca”.

En otro artículo del 20 de junio de 1976, titulado “Si vis pacem, para Bellum. El ejemplo tucumano enseña que las guerras se ganan luchando”, se insta a combatir la subversión “de manera no convencional, en todos los frentes de batalla: en la selva, el monte, la ciudad, la universidad, el hospital, el café concert, el periodismo, la televisión e, incluso, la Iglesia”.


Estándares de tribunales internacionales

En su dictamen, la fiscalía señala que adoptó los estándares establecidos por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda para la imputación del crimen de instigación al genocidio, así como el precedente del Tribunal de Núremberg respecto a responsables de propaganda nazi.

En ese sentido, los fiscales concluyeron que “los hechos del caso aquí analizado son calcados a los de estos precedentes, de manera que -siguiendo los parámetros señalados por tales tribunales internacionales- la campaña mediática de La Nueva Provincia no puede calificarse ni como una mera labor informativa en ejercicio de la libertad de expresión, ni aún como un discurso de odio penalmente no punible, siendo lisa y llanamente un claro llamamiento al exterminio”.

Para fundamentar el pedido de procesamiento de Vicente Massot, señalaron que “la literalidad de la campaña mediática producida no deja lugar a duda de que, lejos de insertarse en una simple defensa de la persecución de ciudadanos en el marco de la legalidad, Vicente Gonzalo Massot -junto a otras autoridades del multimedio- reclamó y justificó la utilización de métodos ilegales como medio necesario para el aniquilamiento de grupos sociales calificados como enemigos, al tiempo de que cooperó para ocultar a la ciudadanía la realización de tales prácticas”.


Los obreros gráficos asesinados

Por último, los fiscales insistieron en la responsabilidad de Massot por los crímenes que padecieron los obreros gráficos de La Nueva Provincia, Miguel Ángel Loyola y Enrique Heinrich. Para ello, analizaron el rol del acusado en el entramado delictivo para el aniquilamiento de opositores políticos, más su comprobada y personal participación en el señalamiento de quienes consideraba integrantes de un “soviet enquistado en la empresa”, y de la entrega de esa información a las autoridades militares.

Los representantes del MPF valoraron una declaración testimonial que dio cuenta de una reunión de la madre del acusado con los generales Osvaldo Azpitarte y Acdel Vilas -comandante y segundo comandante del Cuerpo V del Ejército-, en la que la entonces directora del diario le dijo a los militares que “tenía problemas con los obreros gráficos Heinrich y Loyola”, reclamando “una solución” y advirtiéndole al general Azpitarte: “Osvaldo, no vamos a tener otro remedio que chuparlos por izquierda”.

Fuente: Fiscales.gob.ar

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2022-11-30 16:55:51
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