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Cuando se dice juicios históricos
En los primeros días de mayo, el tribunal hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal para que sean juzgados los delitos sexuales ejecutados en los centros clandestinos de detención durante la dictadura. La decisión dio un giro importante al juicio ya que marcó un hecho inédito dentro de los que se desarrollaron en Bahía Banca.
Categoría: Derechos Humanos

Todos los juicios por crímenes de lesa humanidad que se desarrollaron y prosiguen en Bahía Blanca, han sido calificados en estas páginas como históricos. Eso se debe a la importancia del juzgamiento de los delitos cometidos durante el Terrorismo de Estado, a todos los años que han pasado desde que se llevaron a cabo dichos delitos hasta la actualidad, a la gran cantidad de trabas que existieron y existen para condenar a los culpables, y también por el apego que ciertos sectores de Bahía Blanca tienen con las fuerzas represivas y, en particular, con los resabios de la última dictadura militar.

Ahora bien, que dentro de esos juicios históricos ocurran otras cosas que resultan históricas, sienta un precedente en la materia y también pone como ejemplo al Ministerio Público Fiscal que sigue las causas por crímenes de lesa humanidad.

En la audiencia del martes 5 de mayo de 2015 en la que el tribunal hizo lugar al pedido de la fiscalía para que sean juzgados en el actual proceso, los delitos sexuales que sufrieron las víctimas en los centros clandestinos de detención. Esto que marca, como dijimos, un precedente, muestra también, y con gran utilidad para nuestra actualidad, un avance en cuanto a lo que es la perspectiva de género.

La resolución del tribunal permitió que los imputados sean indagados y va a permitir además que los jueces puedan dar su veredicto respecto a estos delitos, más allá de los otros por los cuales los acusados están siendo juzgados.

Todo arrancó en una audiencia anterior cuando el fiscal José Nebbia realizó una dura y extensa exposición para solicitar la ampliación de imputaciones y que así puedan juzgarse los abusos sexuales y las violaciones, todos hechos que fueron parte del plan sistemático del Terrorismo de Estado, además de los secuestros, las otras torturas y el cautiverio, entre otras aberraciones sufridas por las víctimas.

Esta importante decisión que tomó el tribunal respecto a la ampliación de las imputaciones, se dio en el marco de la causa número 1103 conocida como “Armada Argentina” que investiga los crímenes de lesa humanidad cometidos en el ámbito de esa fuerza militar, específicamente en la Base Naval Puerto Belgrano y sus dependencias.

Por esa causa se está desarrollando el actual juicio contra Víctor Aguirre, Luis Bustos, Felipe Ayala, Raúl Domínguez, Víctor Fogelman, Francisco Martínez Loydi, Héctor Selaya, Carlos Stricker, Alejandro Lawless, Leandro Maloberti, Néstor Nogués, Tomás Carrizo, Oscar Castro, Raúl Otero, Gerardo Pazos, Pedro Pila y José Luis Rippa. A todos ellos se les suman para completar una lista de 23 acusados: Guillermo González Chipont, Félix Cornelli, Enrique De León, Manuel García Tallada, Edmundo Núñez y Luis Pons.


Parte de la lucha

EcoDias informaba en aquella oportunidad sobre la audiencia del 5 de mayo, que los jueces que conforman el tribunal decidieron hacer lugar a la petición de la fiscalía de manera parcial al tiempo que la aceptación hizo que se amplíe la acusación original en la que ahora están incluidos los delitos que refieren a la violencia sexual ejercida en los centros clandestinos de detención.

Lo de “parcial” tiene que ver con que se tuvieron en cuenta diez casos y se dejó afuera un restante que no estaba incluido en este proceso.

Otro rechazo fue el de la ampliación de imputación contra el acusado García Tallada por temas relacionados a su salud.

Minutos después de lo comunicado por el tribunal, EcoDias dialogó con el fiscal Nebbia sobre los puntos desestimados por los jueces. Sobre el caso no incluido en el juicio, manifestó: “Nos dijeron que eso no se puede hacer, que en todo caso hay que hacerlo desde primera instancia”.

Sobre la situación de García Tallada, Nebbia explicó: “Está con un procesamiento y está fuera del proceso porque los médicos, los peritos oficiales señalaron que no está en condiciones de estar en el proceso. Nosotros eso lo tenemos apelado y está pendiente de resolución en Casación”.

Así y todo, Nebbia se mostró muy satisfecho por la decisión del tribunal: “La resolución del tribunal es muy buena porque básicamente hace lugar a que se pueda jugar y se pueda condenar en este juicio por las violaciones y los abusos sexuales”.

En la misma sintonía se mostró la doctora Mónica Fernández Avello, abogada querellante en representación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Ante EcoDias, Fernández Avello señaló: “Es una lucha desde que empezaron los juicios o desde que yo empecé en estos juicios de la inclusión de los delitos sexuales. Me encantó la resolución que sacó realmente el tribunal con una perspectiva de género muy interesante”.

Aparte de la alegría, la doctora Fernández Avello también expresó sorpresa: “Son las sorpresas que tiene este tribunal, para algunas cosas nos hace rezongar y en otras cosas nos pone muy felices”.

En ese sentido, concluyó: “Es importantísimo para Bahía Blanca, yo estoy re feliz, estoy emocionada, en la inclusión de los delitos sexuales en un juicio oral y nos abre camino para los juicios orales que vienen el año que viene”.

Tal vez injustamente dijimos en esta nota que todo arrancó con la exposición del fiscal Nebbia cuando en realidad la doctora Fernández Avello desde hace rato viene haciendo hincapié en que se juzguen los delitos sexuales cometidos en los centros clandestinos de detención.

Allá por noviembre de 2013, EcoDias publicaba la cobertura de lo que fue el alegato de Fernández Avello en el segundo juicio a represores de Bahía Blanca. En su exposición, Fernández Avello hizo una mención destacada a los tipos de tortura haciendo hincapié en la violencia sexual contra las mujeres la cual también es un delito de lesa humanidad: “Las desigualdades en el ejercicio del poder inherentes a las relaciones binarias se exacerbaron durante la represión ilegal resultando las mujeres afectadas diferencialmente debido al uso de la violencia sexual que les fue impuesta en los centros clandestinos de detención, campos, cárceles, servicios policiales, militares, etc.”.

Fernández Avello citó palabras de Pilar Calveiro incluidas en Poder y Desaparición: “El arquetipo para las mujeres militantes estaba compuesto por este imaginario: ostentación de una enorme liberalidad sexual, malas amas de casa, malas madres, malas esposas y particularmente crueles”.

La violencia sexual también refiere a burlas y humillaciones que tienen a la sexualidad como centro: “En algunos contextos estas burlas tienen un efecto devastador en las víctimas en cuanto al terror que les infunde como antesala de la violación o de la tortura sexual”.

El trabajo de Fernández Avello en relación a la defensa de las víctimas y a que se tomen en cuenta los delitos sexuales, ha sido de gran importancia durante todos los juicios hasta aquí desarrollados.


Detalles de la petición

La solicitud de ampliación de imputaciones trajo consigo, como se dijo, una extensa y dura, por su contenido, exposición del fiscal Nebbia, la cual fue detallada en la correspondiente nota de EcoDias.

En aquel momento, Nebbia manifestó ante el tribunal que gracias a la prueba producida en el juicio, surgieron elementos nuevos que son los que permiten atribuir hechos nuevos a los acusados y que a la vez están conectados con los otros hechos por los cuales se inició el juicio.

Nebbia señaló que el plan de exterminio solo podía llevarse a cabo mediante múltiples actos y no por una sola conducta, siendo los centros clandestinos, lugares donde la finalidad era la degradación y deshumanización de las personas. Dentro de ese plan estaba la violencia sexual y para que la violencia sexual sea ejecutada se necesitó de la privación ilegal de la libertad, de los otros tormentos y de, en algunos casos, los homicidios.

No vamos a detenernos en todos los casos expuestos por Nebbia en los cuales se repite el mismo horror pero sí hablar de la metodología la cual se iniciaba con el secuestro de la persona en su casa, en la vía pública o en el trabajo en manos de personas armadas.

El paso siguiente era el traslado al centro clandestino de detención ubicado en el Buque 9 de Julio o en el de Baterías. Allí, bajo condiciones inhumanas, lñas víctimas eran torturadas física y psíquicamente e interrogadas “y dentro de ese derrotero estuvieron los abusos, las violaciones…”.

Para Nebbia, los crímenes del Terrorismo de Estado, y el de la violencia sexual es uno de ellos, se cometieron bajo el amparo del poder: “Un poder que sostenía, propugnaba, propiciaba el ataque generalizado contra la sociedad civil y de ahí las responsabilidades que tienen quienes detentaban algún tipo de autoridad sobre la estructura represiva”.

Nebbia demostró que los delitos sexuales fueron una práctica tan corriente y común como la tortura con picana eléctrica.

La atribución de responsabilidad de delitos sexuales, dijo, no debe inferir de la atribución de las responsabilidades por privación ilegítima de la libertad, tormentos u homicidios.

Salvo el mencionado García Tallada, se le amplió la acusación a Oscar Castro, Tomás Carrizo, Enrique De León, Eduardo Fracassi, Leandro Maloberti, Francisco Martínez Loydi, Domingo Negrete, Eduardo Núñez, Gerardo Pazos, Luis Pons, José Luis Ripa, Víctor Aguirre, Guillermo González Chipont, Alejandro Lawless, Raúl Otero, Carlos Stricker, Néstor Nogués, Luis Bustos y Raúl Domínguez.

Todos ellos deben responder penalmente, por diferentes responsabilidades, por delitos sexuales cometidos en los centros clandestinos de detención. La resolución del tribunal, se insiste, marca un precedente en la materia y para que se pueda comprender aún más su importancia, vale decir que no en todas las jurisdicciones pasan cosas como estas. Por ejemplo, y vaya tamaño ejemplo, el juicio por la causa conocida como ESMA que hace referencia al centro clandestino de detención más importante que hubo en el país tuvo también su pedido por parte de la fiscalía para que se consideren los delitos sexuales. Sin embargo, el tribunal de ese juicio, rechazó ampliar la imputación, en ese caso, contra 39 represores.

Ese rechazo se dio casi a la par de la aceptación del mismo pedido en Bahía Blanca.

El tercer juicio se encuentra ahora a la espera de la etapa de alegatos de las partes que comenzará con el alegato del Ministerio Público Fiscal el martes 11 de agosto.

Autor: Redacción Ecodías

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2015-08-04 00:00:00
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