©Todos los derechos compartidos

Confirmaciones
La Cámara Federal de Casación dictó sentencia del 1er y 2do juicio de Lesa en Bahía Blanca. Lo dispuso la Sala II. Entre ellas se encuentra el proceso en el que se juzgan los hechos cometidos bajo control operacional del Comando V Cuerpo de Ejército.
Categoría: Derechos Humanos

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, dictó sentencia en el marco de los recursos de casación interpuestos contra las sentencias dictadas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 de la Capital, por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca y por los Tribunales Orales en lo Criminal Federal Nº 1 y 5 de San Martín.


Bahía Blanca

En relación con las causas Nº 982, caratulada: “Bayón, Juan Manuel y otros s/ recursos de casación”, y 1067, caratulada: “Stricker, Carlos Andrés y otros s/ recursos de casación”, provenientes del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca, se confirmaron las responsabilidades dispuestas respecto de las privaciones ilegítimas de la libertad, tormentos y homicidios cometidos por personal del Ejército, de la Policía Federal y del Servicio Penitenciario, en perjuicio de más de noventa víctimas, como así también por el delito de sustracción, retención y ocultamiento de dos bebés nacidos en el centro clandestino “La Escuelita”, durante el cautiverio de sus madres Graciela Alicia Romero de Metz y María Graciela Izurieta. De esta manera, se confirmó la participación de los acusados: Juan Manuel Bayón, Norberto Eduardo Condal, Carlos Alberto Taffarel, Jorge Horacio Granada, Vicente Antonio Forchetti, Jorge Aníbal Masson, Héctor Jorge Abelleira, Carlos Alberto Contreras, Héctor Arturo Gonçalves, Walter Bartolomé Tejada, Jorge Enrique Mansueto Swendsen, Andrés Reynaldo Miraglia, Héctor Luis Selaya, Osvaldo Bernardino Páez y Hugo Jorge Delmé; como así también aquella dispuesta en el segundo tramo de la investigación respecto de: José Héctor Fidalgo, Bernardo Artemio Cabezón, Felipe Ayala, Ricardo Claudio Gandolfo, Fernando Antonio Videla y Alejandro Osvaldo Marjanov.


1er juicio

El 12 de septiembre de 2012, luego de escuchada la sentencia el fiscal Abel Córdoba, decía a EcoDias: “Una enorme satisfacción de que finalmente un tribunal de justicia haya juzgado y haya sentenciado y condenado con una condena amplia, abarcativa por la entidad de las penas y todos los condenados, y a la vez dando una señal muy valiente hacia el rumbo que hay que seguir en estas causas que es la investigación por la responsabilidad de los directivos de La Nueva Provincia y de los religiosos que han actuado en torturas en el Centro Clandestino de Detención. Con lo cual es una enorme satisfacción y nuevamente la certeza de que en estos procesos la justicia se construye con la palabra de las víctimas donde está la verdad de lo que ocurrió. A la vez el cumplimiento en cárcel común, es una sentencia realmente muy valiente, muy justa y que ha no ha dejado en nada ningún detalle librado a la arbitrariedad. Ha sido una sentencia fundada en cada uno de los aspectos que ha innovado también en cuanto a lo que hace a la responsabilidad de los Consejos de Guerra y ha desestimado cada uno de los intentos por parar aunque sea parcialmente los juzgamientos”.


2do Juicio

El martes 17 de diciembre de 2013, finalizado el juicio EcoDias registraba la palabra de los fiscales José Nebbia y Miguel Ángel Palazzani, “nosotros valoramos que se ha decretado la responsabilidad penal de todos y eso como primera lectura es muy importante. Luego con respecto al monto de las penas veremos en los fundamentos qué valoró el tribunal para aplicar penas que a criterio nuestro respecto e tres imputados son bajas respecto de las que pedimos”.

“Estamos conformes con el fallo es importante que no haya habido ningún absuelto, nosotros por supuesto que estábamos convencidos de la responsabilidad penal de todos, veremos los fundamentos, cuál es la justificación de esa pena baja para nosotros y en todo caso se apelará. Y después otras medidas interesantes de profundización de estos procesos de memoria, verdad y justicia, avanzando sobre los sectores civiles, echando luz sobre personas y personajes de la justicia de ayer y de hoy como así también esa reparación a la biografía de la víctima que implica la anulación de esas sentencias dictadas por jueces ilegales”.

Coincidieron los fiscales Nebbia y Palazzani en aquel 17 de diciembre de 2013 en la relevancia de que el tribunal haya ordenado seguir investigando: “Se profundiza, empezó en el año 2012 con la sentencia histórica y se profundiza con esta y hay que seguir. En realidad no es un punto de llegada esto sino que es un paso más y me parece que hasta que no aparezcan los que no están, habló de los bebés y de los que no están, es un paso más y hay que seguir. Mañana hay que seguir peleando por eso, ahí está la realidad”.

Se lamentaron los fiscales que los genocidas sigan cumpliendo su pacto de silencio: “Es la frustración que nos queda en este tipo de procesos donde siguen sin hablar, siguen sin decirnos dónde están y eso sí es el sabor amargo de todo esto. No solamente de los bebés sino de todas las personas que no están”.

También en la causa Nº 9769, caratulada: “Lavia, Juan Carlos y otros s/ recursos de casación”, se rechazaron los recursos de las defensas de Juan Carlos Lavia, Susana Serafina Marchese y Francisco Vicente de Luca, quienes fueron condenados, en el marco del debate llevado a cabo ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 de la Capital, por la apropiación de un menor, cometida dentro del plan sistemático de apropiación de menores de edad pergeñado por el último gobierno de facto.

Por otra parte, vinculado a los expedientes en los que se juzgaron delitos cometidos en la jurisdicción de Campo de Mayo, en la causa Nº 974, caratulada: “Riveros, Santiago Omar y otros s/ recurso de casación”, se rechazaron los reclamos de las defensas y se hizo lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal respecto de la decisión dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín en la que se condenó a Santiago Omar Riveros (ex comandante a cargo del Comando de Institutos Militares con asiento en Campo de Mayo) a la pena de veinticinco años de prisión por los delitos de allanamiento ilegal, robo agravado, privación ilegal de la libertad y tormentos agravados, y a Juan Fernando Meneghini (ex Comisario de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Comisaría de Escobar) a seis años de prisión por el delito de privación ilegítima de la libertad a gravada. En este caso, se anularon las absoluciones dispuestas respecto de los hechos que tuvieron por víctimas a Carlos Héctor Galletti, a Raúl Alberto Marciano y a Eva Raquel Orifici.

A su vez, en la causa Nº 999, caratulada: “Riveros, Santiago Omar y otros s/ recursos de casación”, se desestimaron el recurso de casación interpuesto por la defensa de Santiago Omar Riveros, Reynaldo Benito Antonio Bignone, Eugenio Guañabens Perelló, Luis Sadi Pepa, Carlos Tomás Macedra, Carlos Eduardo José Somoza, Miguel Castagno Monge, Julio San Román, Carlos del Señor Hidalgo Garzón y María Francisca Morillo. De esta manera, se confirmaron las condenas dispuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de San Martín, en orden a los delitos de allanamiento ilegal, robo agravado por el uso de armas, privaciones ilegales de la libertad agravadas, imposición de tormentos calificados, homicidios agravados y apropiación de una menor de 10 años.

Por último, en la causa 2206, caratulada: “Duarte, Roberto Candido y otros s/ recursos de casación”, se fijó audiencia de lectura para el tratamiento de los recursos interpuestos por las defensas y los querellantes contra la sentencia dictada por aquel mismo tribunal. En este expediente fueron condenados Santiago Omar Riveros, Reynaldo Antonio Benito Bignone, Aída Blandina Dusolina Pizzoni, Roberto Cándido Duarte y Margarita Noemí Fernández, en orden a los delitos de allanamiento ilegal, robo agravado por el uso de armas, privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos; como así también por la sustracción, retención y ocultamiento de dos menores. En esa decisión, se absolvió a los imputados Liliana Mabel Álvarez, Alicia Itatí Rodríguez y Jorge Buffe.

Estas tres últimas, son la sexta, séptima y octava condenas que revisa la Sala II por hechos cometidos en jurisdicción de Campo de Mayo durante la última dictadura cívico-militar, en los que se juzgó la participación de Santiago Omar Riveros, Reynaldo Benito Bignone y Luis Abelardo Patti, entre muchos otros.
Fuente: CIJ

Autor: Redacción Ecodías

facebook
Twitter
Follow
2017-04-04 00:00:00
Relacionados
ESTEMOS CONECTADOS
campañas
144 600x600px (1)
137 (1)
adhesiones
adhesion facundo 600x325px (1)
adhesion lopez 600x325px (1)
última Edición
Cooperativa Ecomedios
Nos apoyan
Nosotros
Ecodías es una publicación de distribución gratuita.
©Todos los derechos compartidos.
Registro de propiedad intelectual Nº5329002

Los artículos firmados no reflejan necesariamente la opinión de la editorial.
Agradecemos citar la fuente cuando reproduzcan este material y enviar una copia a la editorial.

> Directora
Valeria Villagra
> Secretario de redacción
Pablo Bussetti
> Diseño gráfico
Rodrigo Galán
> Redacción
Silvana Angelicchio, Ivana Barrios y Lucía Argemi
> Difusión en redes sociales
Santiago Bussetti y Camila Bussetti
> Colaboradores
Claudio Eberhardt


es un producto de:

Matrícula INAES 40.246. 

Desarrollado por Puro Web Design.

RSS
Follow by Email
Telegram
WhatsApp