La ciudad de Bahía Blanca actualmente cuenta con dos teatros grandes: el Don Bosco y el Municipal, los cuales se encuentran debidamente habilitados.
Hay también algunas salas intermedias, las cuales no son formalmente salas de teatro, pero en las que de todas maneras se presentan espectáculos artísticos: Salón de la Biblioteca Rivadavia (av. Colón 31), Aula Magna de la Universidad Nacional del Sur (av. Colón 80) y el Auditorio de la UNS (av. Alem 1253).
Mientras el teatro de Ingeniero White posee alrededor de 400 butacas, el resto son salas pequeñas, todas con menos de 110 butacas: ATS (frente a la plaza de Villa Mitre), Artestudio (Gorriti 39), El Tablado (Chiclana 453), Auditorio Apolo (Zelarrayán 128), Varietté (Villarino al 400), La Cocina (Fitz Roy 40) y Espacio por el Arte (Israel 88).
Después de la tragedia de Cromañón, comenzaron a revisarse las habilitaciones de boliches, teatros y otros espacios cerrados a los que concurren muchas personas. De este modo, las salas teatrales independientes se vieron afectadas por un decreto que les exigía lo mismo que, por ejemplo, a los boliches bailables. O sea, se les reclamaban las mismas medidas de seguridad a estos sitios que a las salas de teatro pequeñas, a las que asiste mucha menos gente y donde no se consumen bebidas alcohólicas, por ejemplo.
Sin dudas, los teatros deben respetar normas mínimas de seguridad, tales como aquellas que tienen que ver con la electricidad y el gas, con los materiales que forman las edificaciones, la colocación de puertas antipánico, entre otras. No pareciera existir relación en las exigencias respecto a los lugares, a la cantidad de personas y al tipo de espectáculo que allí se brinda.
En este momento siguen funcionando, pero con una habilitación temporaria (excepto Artestudio, en la que no se presentan espectáculos hasta que no se realicen determinadas reformas). En el resto de las salas se siguen presentando obras y, mientras tanto, se continúan haciendo los arreglos que faltan para lograr la habilitación definitiva.
Se trata de un círculo vicioso: porque cada sala obtiene su pequeño ingreso a partir del borderó (lo recaudado por medio de las entradas del espectáculo), y si nosotros cerramos absolutamente el lugar para readecuarlo, ese ingreso se anula y entonces tampoco van a tener dinero para realizar las reformas, opina sobre el tema Federico Weyland, director del Instituto Cultural de la ciudad.
Fondo Municipal de las Artes
Como puede apreciarse en el recuadro adjunto, la creación del Fondo Municipal de las Artes fue estipulada por la ordenanza 9.116, en el año 1996.
Pero el 7 de abril de este año fue promulgada una nueva ordenanza referida a este fondo, la cual aprobó un convenio firmado entre el intendente y la asociación de empresarios de teatro, en el que se exime a las obras locales de pagar la tasa municipal por borderó (antes debían destinar un porcentaje de lo recaudado en cada espectáculo para la Municipalidad). Mediante este convenio se dispuso, además, que los espectáculos foráneos de menos de mil espectadores aporten sólo el 4% del borderó, mientras que los que superen los mil espectadores, deben aportar el 7%. En estos casos se trata de eventos onerosos, los cuales generalmente se realizan en estadios o canchas y no en salas de teatro.
Esta ordenanza establece además que ese dinero proveniente de espectáculos públicos debe pasar a integrar el Fondo Municipal de las Artes. Anteriormente, este ingreso se destinaba a rentas generales de la Municipalidad.
Un proyecto de ordenanza sobre las salas independientes
Con el objetivo de definir a qué se llama sala de teatro independiente y cuáles serían las salas de nuestra ciudad que se encuentran dentro de esta categoría, se está preparando en el Concejo Deliberante un nuevo proyecto de ordenanza. En su elaboración participa la concejal Mirta Olivera (UCR), presidenta de la Comisión de Cultura y Educación del HCD. Además está colaborando personal de Defensa Civil y del área Habilitaciones del Municipio. Los dueños de las salas teatrales pequeñas también participan en diversas reuniones sobre el tema, tratando de plantear sus inquietudes.
La idea de esta ordenanza es establecer una serie de medidas de seguridad que deben cumplir los teatros para poder lograr así su habilitación definitiva. Pero estas medidas serán estipuladas teniendo en cuenta cada lugar y el tipo de espectáculo que allí se brinda. Es decir, ahora sí serían acordes con las salas, permitiéndoles a los dueños de los teatros realizar las obras necesarias para su adecuación.
En este proyecto se establecen ciertos requisitos que deben cumplir los teatros alternativos, como por ejemplo, no vender bebidas alcohólicas y respetar la ordenanza sobre ruidos molestos.
Los dueños de las salas esperan que esta ordenanza se apruebe antes de fin de año, aunque ello depende del Concejo. Esto ayudaría a que los teatros alternativos de Bahía Blanca puedan dejar de tener tan sólo una habilitación temporaria. Hasta el momento el tema resulta bastante complicado, debido a que las exigencias de seguridad son muchas y muy costosas, y los ingresos que tienen las salas son pequeños.
El Consejo Cultural Consultivo
La figura del Consejo Cultural Consultivo se menciona en la ordenanza 12.711, el cual remplazaría a la comisión nombrada por la ordenanza 9.116, que era la encargada anteriormente de administrar el Fondo Municipal de las Artes. .
Estamos armando el Concejo Consultivo, ya que todavía no está reglamentado. Cuando éste comience a funcionar, participará en las decisiones respecto al destino del dinero que ingresa al Fondo Municipal de las Artes, aclara al respecto el director del Instituto Cultural.
Consultado sobre la situación de las salas de teatro pequeñas, Weyland respondió: Me parece muy coherente el proyecto que se está elaborando sobre el tema, porque si bien es necesario que se respeten las medidas de seguridad básicas a la hora de asistir a un espectáculo, las exigencias no pueden ser las mismas para una sala de teatro pequeña que para un boliche bailable. Por eso sería importante que se apruebe esta ordenanza.
El funcionario señaló además que, una vez aprobada esta ordenanza y cuando comience a funcionar el Consejo Consultivo, éste podría disponer subsidios que ayudarían a las salas a realizar las obras que les falten para lograr la habilitación definitiva. Los subsidios serían financiados por el dinero proveniente del Fondo Municipal de las Artes.
Para la vida cultural de una ciudad, los teatros alternativos cumplen una importante función. Quienes disfrutamos de ellos no son solamente quienes pisan sus tablas sino también todos los que nos enriquecemos con las propuestas. Y somos muchos.
Ordenanza 9.116
Título: Creando el Fondo Municipal de las Artes (derogando Ordenanzas 6.071 y 6.838).
Fecha de Promulgación: 14 de mayo de 1996.
Artículo 1º: Créese el Fondo Municipal de las Artes, el que estará destinado al cumplimiento de las siguientes finalidades:
Fomentar, estimular, desarrollar y premiar las actividades artísticas y literarias locales, así como su difusión en la región, en la Provincia y la Nación.
Contribuir económicamente con el perfeccionamiento y/o capacitación de los artistas y literatos locales.
Artículo 2°: E1 Fondo Municipal de las Artes estará administrado por una comisión integrada por un miembro del H. Concejo Deliberante, uno de la Subsecretaría de Cultura y uno de la Secretaría de Economía y Hacienda.
Ordenanza 12.711
Título: Creando el Instituto Cultural de la ciudad de Bahía Blanca.
Fecha de Sanción: 8 de julio de 2004.
Artículo 1º: Créese el Instituto Cultural de la ciudad de Bahía Blanca, con dependencia directa del Departamento Ejecutivo y capacidad para actuar pública y privadamente dentro del ámbito de competencia que le asigna la presente ordenanza y su reglamentación
Artículo 4º: El Instituto Cultural de la ciudad de Bahía Blanca estará dirigido por un Director designado por el D. Ejecutivo. Será funcionario con rango de Secretario Municipal.
Artículo 5º: En el ámbito del Instituto Cultural de la ciudad de Bahía Blanca, funcionará el Consejo Cultural Consultivo. El mismo estará formado por: un integrante representante del D. Ejecutivo y por él designado; un integrante representante del personal de planta del Instituto Cultural y de los organismos que de él dependen, que será propuesto democráticamente por éstos, conforme el procedimiento que establezca la reglamentación; cuatro ciudadanos representativos de diferentes manifestaciones culturales locales, propuestos por el Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 8º: Es función del Consejo Cultural Consultivo asesorar al Director del Instituto Cultural respecto de los diferentes programas de acción temporales o permanentes que se desarrollen. Las resoluciones del Consejo no serán vinculantes.
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