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Palos en la rueda
El juez Edmundo Carbone insiste con frenar los alcances de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Esta vez, mediante la suspensión del artículo 30, pone trabas a la prestación del servicio de televisión por cable por parte de cooperativas.

El juez Edmundo Carbone insiste
con frenar los alcances de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Esta vez, mediante la suspensión del artículo 30, pone trabas a la prestación
del servicio de televisión por cable por parte de cooperativas.

Cuando ya han transcurrido casi dos años desde su sanción, la Ley de Servicios
de Comunicación Audiovisual (SCA) ve nuevamente suspendido uno de sus
artículos. Esta vez el objetado resulta el trigésimo, que faculta a las
entidades cooperativas a prestar el servicio de televisión por cable a la
población.
Responsable de la decisión resulta el juez en lo Civil y Comercial Edmundo
Carbone, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por la empresa
cordobesa Televisora Centro Morteros y ordenó a la Autoridad Federal de
Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA, ex COMFER) y otros organismos que
pudieran resultar competentes en el área que “se abstengan de dictar,
implementar y/o ejecutar actos, ya sea de alcance individual o general, y
realizar trámites que impliquen la aplicación del artículo 30 de la ley 26522”.

Se trata del mismo magistrado que suspendió el artículo 161 de la misma ley,
que disponía el plazo de un año para que las empresas se ajustaran a la norma
sancionada por el Parlamento nacional.

El debate de fondo
 El ahora suspendido artículo 30 de
la actual SCA faculta a empresas sin fines de lucro a constituirse en
“titulares de licencias de servicios de comunicación audiovisual”, para lo cual
ofrece un marco regulatorio para el caso de que “exista otro prestador en la
misma área de servicio”. Ante la eventual situación “la autoridad de aplicación
deberá, en cada caso concreto, realizar una evaluación integral de la solicitud
que contemple el interés de la población, dar publicidad de la solicitud en el
Boletín Oficial y en la página web de la autoridad de aplicación. En caso de
presentarse oposición por parte de otro licenciatario de la misma área de
prestación, la autoridad de aplicación deberá solicitar un dictamen a la
autoridad de aplicación de la ley 25.156 que establezca las condiciones de
prestación de los servicios”.
Este artículo, que ofrece además cinco incisos que obran como requisitos para
el otorgamiento de la licencia, va en línea opuesta con la vieja Ley
22.285  de Radiodifusión. La normativa,
promulgada durante el gobierno del dictador Jorge Videla, indicaba en su
artículo 45 que sólo podrían ser adjudicatarios de una licencia personas físicas
o sociedades comerciales.

El caso Morteros
La localidad de Morteros, en la provincia de Córdoba, posee unos quince mil
habitantes y una Cooperativa de Servicios Públicos, que desde hace años trabaja
en pos de conseguir la licencia que le permita ofrecer a sus asociados el
servicio de televisión por cable.
En 2008, antes de la aprobación de la nueva SCA, obtuvo un fallo de
inconstitucionalidad respecto del mencionado artículo de la todavía vigente Ley
de Radiodifusión de la dictadura. Luego de la sanción de la nueva normativa
legal, sus esfuerzos aumentaron y se sumaron a los de muchas empresas sociales.

Pero una medida cautelar presentada por la empresa Televisora Centro Morteros
halló el eco del juez Carbone, quien entendió que “es probable que, a mérito de
las exenciones impositivas impuestas por ley, una cooperativa obtenga ventajas
que le permitan sostener un precio por el servicio que ha de prestar”.
“Nos quieren ensuciar la cancha. Poner en tela de juicio las exención
impositiva que han tenido las cooperativas desde siempre es totalmente
improcedente”, dijo a la agencia ANSOL el titular de la entidad, Néstor
Ferraresi.

En busca de respuestas
La suspensión judicial del artículo 30 de la SCA encontró rápidamente
respuesta en el movimiento cooperativo.
La Federación de Cooperativas de Telecomunicaciones (FeCoTel) mantuvo durante
los últimos días reuniones con el titular del Instituto Nacional de Economía
Social (INAES), Patricio Griffin, y con autoridades del AFSCA, a los efectos de
elaborar en conjunto una respuesta a la medida cautelar a que dio luz verde el
juez Carbone.

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2011-08-08 16:49:00
Etiquetas: Economía social.
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