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Massot y el terrorismo de Estado
Se interpuso un recurso extraordinario contra la inadmisibilidad de la queja por la falta de mérito a favor de Vicente Massot. El representante del MPF consideró que la decisión de los jueces de la Cámara de Casación equivale a una sentencia definitiva, que habilita la intervención de la Corte Suprema.
Categoría: Derechos Humanos

El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal Javier De Luca interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia contra la decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal que el 4 de julio había declarado inadmisible la queja interpuesta contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca que había convalidado la del juez ad hoc Claudio Pontet de declarar la falta de mérito del empresario periodístico Vicente Massot, en la causa en la que se investigan los homicidios de los obreros gráficos del diario La Nueva Provincia e integrantes del sindicato de Artes Gráficas de Bahía Blanca, Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, y la instigación pública al genocidio o delitos de lesa humanidad a través de los editoriales del periódico. En su escrito, el representante del Ministerio Público Fiscal fundó el recurso en el carácter de equiparable a sentencia definitiva de la resolución apelada, pues constituía un sobreseimiento encubierto que violaba la obligación internacional de dilucidar y juzgar seriamente los hechos constitutivos de esta clase de delitos, además de poner en riesgo la soberanía jurisdiccional del Estado Argentino porque, al tratarse de delitos de jurisdicción universal, cualquier otro país podía juzgar los hechos si no se lo hacía aquí.

El fiscal ante Casación subrayó que la decisión del juez ad hoc Pontet y Cámara de Apelaciones «encubre la consagración de un estado de duda indefinida sobre la intervención de los responsables en el hecho de lesa humanidad investigado, lo cual se traduce en la imposibilidad de avanzar el proceso hacia la etapa de juicio oral». También, indicó que «el plexo probatorio incorporado hasta el momento es suficiente para arribar al grado de probabilidad necesario acerca de la participación del imputado en los hechos punibles que se le atribuyen, lo cual habilitaba el procesamiento de Vicente Massot».


Leading case

De Luca consideró que la sentencia de la Cámara Federal de Casación Penal no logró captar «el carácter de leading case del objeto de esta causa. Con respuestas ritualistas dejó pasar la oportunidad de fijar un estándar internacional sobre la intervención de civiles en delitos de lesa humanidad, no mediante vías de hecho, sino a través del poder simbólico de las palabras difundidas por importantes medios de comunicación».

Para arribar a esa conclusión, De Luca repasó los elementos de prueba vinculados a los casos Heinrich y Loyola, los del rol de La Nueva Provincia en la «actividad psicológica» de la que el diario de Bahía Blanca «formó parte del y/o sirvió al plan criminal perpetrado por la última dictadura militar», y su adecuación a la calificación legal de instigación pública o incitación a la violencia colectiva que eran la concreción del crimen internacional e instigación al genocidio o graves violaciones a los derechos humanos. Lo hizo siguiendo los razonamientos y las pruebas incorporadas a la causa por los fiscales Miguel Palazzani y José Nebbia, quienes habían demostrado que el empresario periodístico «en su condición de ser uno de los tres miembros del núcleo decisional del diario», «haber publicado un mensaje de incitación al genocidio (o delitos de lesa humanidad), a través de una exhortación al aniquilamiento total y definitivo de un colectivo humano», «un llamado a la población a comprometerse, formar parte, colaborar y asumir las responsabilidades de aquella ‘tarea histórica’, una legitimación del accionar represivo y un ocultamiento de la ilegalidad».


Las pruebas

Cuando se pidió el procesamiento del empresario periodístico y director del diario La Nueva Provincia, Vicente Massot, los fiscales Miguel Ángel Palazzani y José Nebbia dejaron asentado el rol que cumplió en el terrorismo de Estado.

«La Nueva Provincia fue el guión del terrorismo de Estado y del genocidio perpetrado en Bahía Blanca y la región», señalaron. La imputación dirigida contra Massot -entonces integrante de un grupo de cuatro personas que tomaban las decisiones más importantes de la empresa- es por su actuación como coautor de los secuestros, torturas y homicidios de 36 víctimas, a raíz de los «aportes esenciales» prestados a la acción psicológica, y coautor del delito de instigación al genocidio, en el marco de una asociación ilícita. El empresario también está acusado de ser el coautor del homicidio de los obreros gráficos del diario, Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola. «Por más que la etapa procesal no lo requiera, tenemos la certeza de la responsabilidad penal del multimedios y de la participación criminal del imputado», señalaron Nebbia y Palazzani.

La presentación realizada por los fiscales oportunamente era de 700 carillas, un minucioso estudio de las pruebas logradas donde se analiza las publicaciones del medio de comunicación a la luz de los reglamentos que fijaban las actuaciones de las Fuerzas Armadas en el plan criminal de exterminio. «Esa comparación nos permite afirmar que, muy por el contrario de lo que sostuvo el imputado en su declaración indagatoria, el discurso de incitación al genocidio -en su afán legitimador, encubridor e instigador- no sólo fue abrumadoramente mayoritario, sino que adquirió niveles extremos de intensidad, tanto en la gravedad del mensaje (el aniquilamiento total y definitivo en todos los campos de la sociedad) como en su poder de inserción en el público (la altísima frecuencia, la agobiante repetición e insistencia, la ubicación en espacios centrales del ejemplar, etc.)», indicaron en su presentación los fiscales. «No nos cansaremos de repetir la identidad que encontramos entre las directivas castrenses de la época, en cuanto a ‘objetivos’ y ‘blancos’, ‘oponentes’, etc., y los editoriales de La Nueva Provincia», subrayaron.

Para los Palazzani y Nebbia, «la incitación o instigación a la eliminación, aniquilamiento y persecución de personas, realizada -hasta el hartazgo- desde sus propias páginas es, por sí misma, una conducta criminal», pues «el hartazgo, la repetición y el continuo machaque, no eran actitudes espasmódicas editoriales, sino que respondían a un plan de acción psicológica prefijado y que era condición de posibilidad de la realización material -previa, concomitante o posterior- de los actos concretos sobre las personas (sobre los cuerpos y sobre las mentes)».

«El rol que cumplió el diario (y los demás medios del grupo) fue un rol determinado en el entramado del plan criminal desplegado desde el Estado», indicó la fiscalía. Y, al respecto, remarcó que «no fue un diario que reprodujera sólo comunicados, describiera actos militares, o sólo propalara el mito de la ‘guerra sucia'», sino que «sostenía la ficción de la ‘guerra sucia’ (incluso cuando la guerrilla estaba desarticulada) extendiendo el concepto de ‘subversivo’ -y por tanto susceptible de ser aniquilado- a todo aquél que no respondiera a su mirada de lo que -en su imaginario- debía ser el ‘ser nacional’, la ‘Nación histórica’ o cualquier otro concepto similar».

Los fiscales indicaron que la actividad del grupo de medios de La Nueva Provincia, conformado por el diario, la radio LU2 y el canal 9 de televisión, consistió en «el silenciamiento cómplice y consciente de la realidad, y -en paralelo- la propaganda y el fortalecimiento de las figuras y discursos de los autores directos del aniquilamiento».

Fuente: Fiscales.gob.ar

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2016-08-08 00:00:00
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