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Deuda con AFIP
El CSU aprobó la firma de un convenio de facilidades de pago entre la AFIP y la casa de estudios, por una millonaria deuda que ésta mantenía con el organismo recaudador en concepto de aportes patronales: 72 millones de pesos.
Categoría: Locales

Durante el último plenario de
septiembre del CSU, se aprobó la firma de un convenio de facilidades de pago
entre la AFIP y la casa de estudios, por una millonaria deuda que ésta mantenía
con el organismo recaudador en concepto de aportes patronales. Sumando lo
adeudado y los intereses, la cifra alcanza los 72 millones de pesos.

En
240 cuotas mensuales, la Universidad Nacional del Sur (UNS) deberá cumplir con
un acuerdo de pago con facilidades por una deuda que mantiene desde hace una
década con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en concepto de
aportes patronales.
La novedad surgió luego de desarrollado el último plenario de septiembre del
Consejo Superior Universitario (CSU), durante el cual se dio luz verde al proyecto
de resolución que habilitaba al rector Guillermo Crapiste a suscribir el
compromiso de pago por la deuda, que asciende a 42 millones y medio de pesos, a
los que hay que agregar otros 30 en concepto de intereses. La cifra global supera,
de este modo, los 72 millones de pesos. Sobre el presupuesto total que la UNS
previó para cubrir su funcionamiento en 2011 -que trepó a 330 millones-
equivale a algo más del veinte por ciento del mismo.
Para hacer frente a las cuotas pagaderas en el año en curso, el proyecto de
resolución prevé la afectación de los activos comprendidos en la fuente de
financiamiento 1.6 del Presupuesto de la UNS, es decir el saldo de Economías
Anteriores. Tal como reseñó EcoDias en su edición 373 del mes de julio, la
cifra de saldos de ejercicios cerrados orilla los cincuenta millones de pesos. De
todos modos, la moratoria a que se acogerá la UNS es a veinte años, el máximo
permitido por las normativas vigentes.

Historia de una deuda
La resolución aprobada en el último plenario de septiembre pasado se basa
en el Decreto 1.571 firmado por la presidenta Cristina Fernández en 2010. La
normativa fija una reducción en las alícuotas a pagar por las universidades
nacionales morosas -no sólo la UNS se cuenta entre ellas- en concepto de
aportes patronales, que regirá por un máximo de dos décadas. También estipula,
paralelamente, un plan de pagos del pasivo generado en tal sentido,
estableciendo las mencionadas 240 cuotas mensuales como tope.
Como origen de la deuda, el antedicho decreto remitía a otro, impulsado en este
caso por el entonces presidente Fernando de la Rúa en junio de 2001. En su
articulado, el texto del gobierno radical actualizaba los puntos porcentuales
que debían aportar al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS) los
empleadores, a los que dividía en dos únicos rubros: aquellos “cuya actividad
principal sea la locación y prestación de servicios” y “los restantes”.
Las alícuotas previstas como aportes patronales fueron estipuladas en el orden
del 21 por ciento sobre el salario de cada trabajador para el primer caso, y
del 17 para el segundo. En julio del mismo año, la Ley 25.453 -promulgada el
último día de ese mes y conocida como de “déficit cero”- bajó en un punto
porcentual el aporte patronal exigido.
La redacción de 2001, narra el decreto firmado por Cristina Fernández nueve
años más tarde, “ha suscitado distintas interpretaciones por parte del conjunto
de las instituciones universitarias nacionales, generando diferencias entre lo
efectivamente pagado en concepto de contribuciones patronales y lo que les
correspondía ingresar conforme la normativa vigente aplicable a las mismas”. De
esa confusión surge la deuda entre las casas de altos estudios y el ente
recaudador.

De ahora en más
El Decreto 1.571 fue firmado en noviembre de 2010 e incluía a las
universidades que registrasen deudas en dicho concepto devengadas a partir de
septiembre de 2001 y hasta el último día de 2009, estableciendo además un año
de gracia en el pago de las cuotas, que comenzaría a hacerse efectivo en diciembre
de este año. Para ello las casas de estudios debían suscribir los respectivos
acuerdos con la AFIP hasta el mes en curso.
“Atendiendo a la situación presupuestaria de las instituciones en trato, se
considera adecuado disponer una reducción temporal de la alícuota de
contribuciones patronales, aplicable exclusivamente durante el tiempo que
insuma la cancelación de las deudas que registren por las mencionadas
diferencias”, ordena el texto del decreto. Con su firma, la alícuota a pagar
por las universidades en concepto de aportes patronales actuales y futuros
quedó fijada en el orden del 10,17 por ciento sobre la nómina salarial de los
agentes que prestan servicio a las mismas. La reducción, tal lo estipula el
decreto, se mantendrá por un periodo máximo de veinte años o hasta tanto se
cancelen los pasivos ya reseñados.
En cuanto a la deuda en sí, se establece en principio que las facilidades de
pago serán instrumentadas a través de un plan elaborado por la AFIP y que podrá
extenderse en hasta 240 cuotas. Dicho calendario sólo podrá estipularse
respecto de las deudas devengadas a partir del 1 de septiembre de 2001 y hasta
noviembre de 2010. Es decir, en el lapso temporal que va de un decreto a otro.
Para mantener el beneficio, las universidades que busquen cancelar su pasivo
mediante el plan de pagos y la reducción complementaria de los aportes
patronales actuales deberán cumplir con dos premisas básicas, incluidas en el
decreto vigente: el cumplimiento en el pago de las cuotas -el incumplimiento
parcial o total de tres alternadas o consecutivas es causal de cese de la
moratoria- y la presentación de declaraciones juradas de aportes y
contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social e ingreso
del saldo resultante.

El caso de la UNS
Entre los considerandos que la resolución aprobada por el CSU de la UNS
consigna, se encuentran el por entonces ya efectivo trazado de un plan de pagos
acordado con la agencia local de la AFIP y la inclusión en el Presupuesto universitario
de este año y en el Anteproyecto del venidero de previsiones para hacer frente
a las cuotas correspondientes.
Con ello a la vista, y teniendo en cuenta lo fijado por el mencionado decreto
presidencial de 2010, el CSU resolvió aprobar el acuerdo a suscribirse con la
AFIP y otorgó al rector Guillermo Crapiste la autorización para firmarlo antes
de la finalización del mes de septiembre.
El artículo tercero de la resolución detalla los montos de la deuda y los
intereses por ella generados. Se trata de 42.574.059,35 de pesos adeudados en
concepto de aportes patronales, a los que se suman 28.741.339,85 por intereses
resarcitorios y punitorios. Finalmente, deben agregarse 713.153,99
correspondientes a los intereses de financiación el año de gracia. La suma da un
total de 72.028.553,19 pesos, pagaderos en el máximo de 240 cuotas que fijaba
el decreto presidencial que dio marco a los acuerdos. Es decir, veinte años. A
los algo más de 72 millones de pesos, la UNS deberá sumar para su pago un 6 por
ciento anual de intereses sobre saldos.
De acuerdo al sexto artículo del mencionado decreto, la cancelación de las
deudas se realizará a través de la Secretaría de Políticas Universitarias
(SPU), dependiente del Ministerio de Educación del Gobierno Nacional, que se
constituye en la principal fuente de recursos de las universidades públicas
(para 2011, la UNS fue financiada en un 83 por ciento por aportes directos
gubernamentales). Dicha secretaría “retendrá, de las transferencias que efectúe
a las universidades nacionales para el pago de la nómina salarial, los importes
destinados al pago de las cuotas correspondientes al plan de facilidades de
pago que haya acordado con cada universidad” y, cuando corresponda, para la
cancelación anticipada de cuotas. “Los importes retenidos deberán depositarse
en los plazos y con las modalidades que al efecto establezca la AFIP”, ordena
el texto.
            A
partir del marco otorgado por el decreto, la AFIP y la SPU emitieron una
resolución conjunta por la cual estipulaban que el pago de las cuotas acordadas
se realizaría a través de una caja de ahorro fiscal a nombre de la universidad
involucrada, a abrirse en el Banco Nación. En ella, la SPU “depositará los
fondos que correspondan, de conformidad con lo establecido por el Artículo 6º
del Decreto Nº 1571/10 y se debitarán los importes de las cuotas del plan de
facilidades”.
El artículo 9 de la resolución conjunta de ambos organismos –que funcionan bajo
la esfera del Ministerio de Economía y de Educación, respectivamente- establece
además que “La primera cuota del plan general de facilidades vencerá el día 16
de diciembre de 2011. Las restantes el día 16 de cada mes, a partir de enero de
2012, inclusive”.
“En caso que a las fechas de vencimiento general fijadas en el párrafo anterior
no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá
a realizar un nuevo intento de débito directo de la cuenta bancaria el día 26
del mismo mes”, agrega.
“Las cuotas que no hubieran sido debitadas en la oportunidad indicada en el
párrafo precedente, se debitarán el día 12 del mes inmediato siguiente, siempre
que el plan no haya caducado”, indica finalmente.





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2011-10-24 17:06:28
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